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Inmobiliario/ABL - Compensación y/o devolución de pagos de diferencias fiscales de avalúo

Este trámite es sólo por pagos en exceso o erróneos, como por ejemplo duplicados o por liquidación del gravamen por motivo de modificaciones en el estado de empadronamiento del inmueble.

Modalidad: Online

Requisitos para iniciar el trámite

Importante:

  • Para la solicitud de Devolución de Pagos, se debe acompañar en todos los casos la documentación que sirva para acreditar la titularidad de dominio.

  • Para el trámite de Compensación de Pagos, se debe presentar la escritura pública de dominio y la constancia de CUIT del Titular del dominio solamente cuando el inmueble de su propiedad no se registrase en la Boleta de pago del gravamen a nombre del Sujeto Titular de dominio.

Documentación obligatoria

  • Nota en la que conste el detalle de las cuotas de la Contribución por las cuales solicita compensación y/o devolución de pago, acompañada por la documentación que se indica a continuación, según corresponda:

    - Escritura traslativa o constancia de dominio actualizada inscripta/expedida en/por el Registro de Propiedad Inmueble. 

    - Comprobante de pago de la Contribución por el cual solicita compensación y/o devolución de pago.

    - En los casos que los herederos y/o sucesores no hubieran obtenido la declaratoria de herederos, deberán presentar la documentación que acredite el vínculo con el titular de inmueble (fallecido) y la respectiva partida de defunción.

    - Formulario "Altas de Cuentas Devoluciones". 

    - Capturas de pantalla de homebanking desde donde se realizó la operación, en el acula figure número de cuenta y CBU.

    - En los casos en que los herederos y/o sucesores no hubieran obtenido la declaratoria, deberán presentar la documentación que acredite el vínculo con el titular del inmueble (fallecido) y la partida de defunción.

Dependiendo de cuál sea tu carácter:

  • Presentación por persona humana:

    Titular:
    - DNI del Titular del Inmueble.
    - Constancia de CUIT/CUIL. 

    Terceros:
    - Poder suscripto ante escribano.
    - Autorización del titular de inmueble con certificación de su firma (escribano o bancaria).

  •  Presentación por persona jurídica

    Titular:
    - DNI.

    Representante:
    - Autorización del titular con certificación de su firma (sólo personas humanas).
    - DNI.

    Apoderado:
    - Poder suscripto ante escribano público.
    - DNI.

Pasos para completar el trámite

  • Ingresá a InfoAgip

    Hace clic en "Iniciar mi InfoAgip" y completá con tu CUIT o CUIL, según corresponda. 

    Una vez dentro, cargá los datos y realizá la consulta.

  • Generá tu trámite

    Luego de generado el ticket un operador te solicitará que adjuntes la documentación que corresponda para finalizar el trámite.

    Cuando hayas completado todo el proceso te llegará un link de seguimiento a tu correo electrónico declarado y la respuesta sobre tu trámite. 

Costos del trámite

Gratuito

Más información

Las autentificaciones de copias y las certificaciones de firma deberán ser realizadas por Escribano Público (con su firma certificada por el respectivo Colegio de Escribanos) o Autoridad Judicial.
Las certificaciones de firma, además, podrán ser realizadas por entidad bancaria.

 

Recordá que si te desuscribiste de los mails del GCBA no podrás recibir el mail de confirmación, por lo que deberás comunicarte con el 147 para indicar un correo alternativo.

Iniciá el trámite y completá todos los pasos

Iniciar mi InfoAgip

Organismo responsable

Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP)

Ubicación

Viamonte 900

Días y horarios de atención

Lunes a viernes de 9.30 a 15.30 h