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Inmobiliario/ABL - Declaración jurada de empadronamiento inmobiliario

Este trámite permite realizar la declaración jurada de cualquier modificación que se produzca en una construcción o de destino del inmueble a su cargo.

Modalidad: Online

Requisitos para iniciar el trámite

Antes de iniciar tu trámite debés tener en cuenta:

  • De acuerdo a lo establecido en el Código Fiscal Vigente, es obligación del contribuyente declarar cualquier acción que ocasione una diferencia valuatoria respecto de la existente.

  • Tené en cuenta que en caso de ser aprobada la declaración jurada, el trámite se termina en forma presencial en la sede de AGIP, disponiendo de tres días para acompañar un juego de los planos en papel, oportunidad en la que también retirarás la constancia correspondiente.

  • El trámite podrá ser realizado por el propietario, el tenedor a título de dueño o usufructuario de un inmueble junto a un profesional arquitecto, ingeniero o maestro mayor de obra.

  • Contar con usuario y clave miBA. 

    - Si tenés alguna duda sobre cómo crear tu cuenta miBA, ingresá a miBA.

    - Si tenés dudas sobre cómo validar tu identidad, ingresá a BAX.

La declaración jurada que se realiza vía web se integrará con la siguiente documentación relativa al inmueble:

  • Copia del título de dominio.

  • Usufructo o documento que acredite la tenencia.

  • Constancia de CUIT o CUIL del propietario.

  • Copia de los planos de obra.

  • Formulario de la declaración jurada emitida por el aplicativo.

Pasos para completar el trámite

  • Ingresá a AGIP

    Hacé clic en "Iniciar Trámite".

    Accedé al portal de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos con tu usuario y contraseña miBA.

  • Asignación de servicio

    Si no contás con el servicio "Empadronamiento Inmobiliario", debés adherirlo desde "Adherir aplicativo". 

    Una vez agregado el servicio, desde el buscador podés realizar tu trámite.

  • ¿Cómo finaliza el trámite?

    Cargá la documentación requerida y completá la declaración jurada correspondiente.

Costos del trámite

Gratuito

Más información

Para la carga virtual el peso total de los archivos debe ser inferior a 9,57MB (9.800 kilobytes). Si se excede el volumen, al finalizar e intentar enviar el formulario, te aparecerá un error.

 

Recordá que si te desuscribiste de los mails del GCBA no podrás recibir el mail de confirmación, por lo que deberás comunicarte con el 147 para indicar un correo alternativo.

Iniciá el trámite y completá todos los pasos

Iniciar Trámite

Organismo responsable

Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP)

Ubicación

Viamonte 900

Días y horarios de atención

Lunes a viernes de 9.30 a 15.30 h