Importante:
- Recorda que durante la gestión del trámite se te solicitarán los datos de tu cuenta bancaria (ver datos del formulario en "Descargas").
- Para la solicitud de Reintegros de pagos, en todos los casos debe acompañarse la documentación que sirva para acreditar la Titularidad de dominio; y con relación al Trámite de Compensaciones de pagos, solamente se debe presentar la copia de escritura pública de dominio y constancia CUIT del titular de dominio, cuando el inmueble de su propiedad no se registrase en la Boleta de pago del gravamen a nombre del Sujeto Titular de dominio.
Requisitos para iniciar el trámite
Presentar una nota que contenga:
El detalle de las cuotas de la contribución por la cual se solicita la compensación y/o devolución de pago.
Copia de escritura traslativa de dominio inscripta en el Registro de Propiedad Inmueble, o bien, constancia de dominio actualizada expedida por el Registro Propiedad Inmueble.
Comprobante de pago de la contribución por el cual se solicita compensación y/o devolución de pago.
Para la solicitud de compensación tramitada únicamente en casos que, los herederos y/o sucesores no hubieran obtenido la declaratoria de herederos, deberán acompañar la documentación que acredite el vínculo con el titular del inmueble (fallecido) y la respectiva partida de defunción.
Constancia de exención.
Captura de pantalla de homebanking desde donde se realizó la operación, en la cual figure número de cuenta y CBU.
Dependiendo de cuál sea su carácter:
Titular:
- DNI.
Representante:
- Autorización del titular con certificación de su firma (solo personas humanas).
- DNI.
Apoderado:
- Poder suscripto ante Escribano Público.
- DNI.
Pasos para completar el trámite
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Ingresá a TAD
Hacé clic en “Iniciar trámite”.
Accedé al Sistema de Tramitación a Distancia (TAD) con tu usuario y contraseña miBA.
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Generá tu expediente
Seguí las indicaciones de la plataforma.
Cargá la información solicitada para iniciar tu trámite.
Costos del trámite
Gratuito
Según la Ley Tarifaria vigente .
Más información
Observaciones:
- Las autentificaciones de copias y las certificaciones de firma, deberán ser realizadas por Escribano Público, (con su firma certificada por el respectivo Colegio de Escribanos) o Autoridad Judicial.
- Las certificaciones de firma además podrán ser realizadas por entidad bancaria.
Recordá que si te desuscribiste de los mails del GCBA no podrás recibir el mail de confirmación, por lo que deberás comunicarte con el 147 para indicar un correo alternativo.
Descargables
Iniciá el trámite y completá todos los pasos
Iniciar TrámiteOrganismo responsable
Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP)
Ubicación
Días y horarios de atención
Lunes a viernes de 9.30 a 15.30 h
Contacto
Mail: consultasdgr@agip.gov.ar
Teléfono: 4323-8700 (int. 16080)