Inscripción de defunción para empresas funerarias y médicos particulares
El siguiente trámite podrá ser ingresado únicamente por Empresas Funerarias registradas en la Dirección General de Cementerios a los fines de gestionar el aviso de Defunción y la solicitud de licencia en un único trámite, mientras que el deceso hubiera sido tramitado por un Médico Particular o la Morgue Judicial.
El trámite será recibido en forma digital por la Central de Defunciones, quienes tramitarán y disponibilizarán la licencia para la disposición final del cuerpo.
Mientras que el cierre del ACTA quedara supeditada a la entrega de la documentación original en un plazo máximo de las 48hs de ocurrida la defunción por la ventanilla de las Oficinas del Registro Civil en Guzmán 780 (de 7.30 a12hs) presentando la entrega de la Caratula del trámite iniciada, donde conste el número de Expediente.
Este trámite puede realizarse online mediante Tramitación a Distancia (TAD).
¿Cuáles son los requisitos?
- Contar con usuario y clave miBA nivel 2 o 3.
- Si tenés alguna duda sobre cómo crear tu cuenta o validar tu identidad, ingresá a Plataforma miBA.
- Conocé más sobre los niveles de seguridad de clave miBA.
Cargar en Tramitación a Distancia (TAD) la siguiente documentación:
- Documentación obligatoria
- Formulario "inscripción defunción de morgue/ médicos particulares".
- Certificado de defunción (escaneado).
- DNI del fallecido/ F24.
- Solicitud de licencia.
- Pago/ eximición de la licencia.
- Documentación adicional
- Troquel de la cochería.
- Declaración jurada de acreditación del vínculo.
- Formulario de cremación.
- Orden del juez.
- Nota del médico particular.
Pasos para realizar el trámite
Realizá el trámite a través de la plataforma de Trámites a Distancia (TAD)
- Ingresá a la plataforma de Trámites a Distancia (TAD).
- Iniciá sesión con tu usuario y contraseña miBA.
- Seguí los pasos indicados por el sistema y cargá la documentación solicitada.
Costos
Gratis
Más información
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