Inscripción de sentencias de adopción

Este es el trámite que debés realizar para la inscripción de sentencias de adopciones plenas, simples e integrativas, perteneciente a este Registro Civil.

Última actualización: Martes 18/06/2024 16:28hs

Para realizar el trámite debés tener DNI con domicilio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

 

¿Cuáles son los requisitos?

  • DNI de los padres (original y copia).
    • Para realizar este trámite debés tener DNI vigente con domicilio en CABA. Recordá que, desde el 1° de abril de 2017, el DNI tarjeta y DNI Digital son los únicos documentos válidos. Las personas mayores de 75 años podrán utilizar la Libreta de Enrolamiento o la Libreta Cívica.
  • Partida de Nacimiento del menor (original y copia).

  • Para oficios en formato papel: deberá presentarse el Oficio Judicial y/o testimonio que ordena la anotación de la restricción a la capacidad (debiendo contener los datos topográficos inscripción de la partida de nacimiento) Deben estar suscriptos por el juez o secretario con sus respectivos sellos y con el correspondiente sello del juzgado actuante (Artículos 79 y 80, Ley 26.413).
    Si es un oficio emitido por un Juzgado de otra jurisdicción, además deberá tener el sello del Tribunal en cada una de sus hojas y el de autenticidad (sello de agua) del Tribunal Superior.
    Por favor tener en cuenta que el Oficio Judicial deberá tener el nombre de la persona autorizada a diligenciarlo, consignando el número de su documento, domicilio y teléfono.

  • Para oficios electrónicos (DEOX): ingresa al Registro Civil a través de la plataforma DEOX de la CSJN. Tener en cuenta que, en forma previa a su cumplimiento, deberá estar acreditado el pago del arancel correspondiente en el expediente judicial, para lo cual podrá generar la Boleta Única Inteligente (BUI) en el portal.

  • Designación de autorizado a diligenciar y/o a suscribir el acta.

Pasos para realizar el trámite

Presentá la documentación

Tu abogado (también puede ser parte interesa o autorizado) deberá presentar el oficio y/o testimonio que ordena la inscripción de la adopción, ya sea en formato papel o electrónico.

  • Si es formato papel, lo presentará en la mesa de entrada del Registro Civil, Uruguay 753 (1° piso), de lunes a viernes de 8:30 a 14 hs.
  • Si es formato electrónico (DEOX) no es necesario el diligenciamiento presencial, sino que es recibido por el Registro Civil a través de la plataforma de la CSJN, desde la cual también se responde una vez cumplido u observado, siendo un procedimiento más ágil.

Cumplimiento del Oficio Judicial

Una vez que el Oficio Judicial ingresa al Registro Civil (en cualquiera de los dos formatos), se remite a la Subgerencia Operativa de Asuntos Administrativos dependiente de la Gerencia Legal donde se inscribirá la anotación marginal de la restricción a la capacidad, y posteriormente enviar la contestación al juzgado.


Costos del trámite

Costos

Gratis

Inscripción de sentencias de adopciones plenas, simples e integrativas

Más información


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Organismo Responsable

Dirección General de Registro Civil

Ubicación
Uruguay 753
Días de atención
Lunes a viernes
Horarios de atención
7.30 a 19 hs