Inscripción de sentencias de adopción

Este es el trámite que debés realizar para la inscripción de sentencias de adopciones plenas, simples e integrativas, perteneciente a este Registro Civil.

Última actualización: Jueves 01/02/2024 12:41hs

Para realizar el trámite debés tener DNI con domicilio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

 

¿Cuáles son los requisitos?

  • DNI de los padres (original y copia)
    • Para realizar este trámite debés tener DNI vigente con domicilio en CABA. Recordá que, desde el 1° de abril de 2017, el DNI tarjeta y DNI Digital son los únicos documentos válidos. Las personas mayores de 75 años podrán utilizar la Libreta de Enrolamiento o la Libreta Cívica.
  • Partida de Nacimiento del menor (original y copia)

  • Para oficios en formato papel: deberá presentarse el Oficio Judicial y/o testimonio que ordena la anotación de la restricción a la capacidad (debiendo contener los datos topográficos inscripción de la partida de nacimiento) Deben estar suscriptos por el juez o secretario con sus respectivos sellos y con el correspondiente sello del juzgado actuante (Artículos 79 y 80, Ley 26.413). Si es un oficio emitido por un Juzgado de otra jurisdicción, además deberá tener el sello del Tribunal en cada una de sus hojas y el de autenticidad (sello de agua) del Tribunal Superior. Por favor tener en cuenta que el Oficio Judicial deberá tener el nombre de la persona autorizada a diligenciarlo, consignando el número de su documento, domicilio y teléfono.

  • Para oficios electrónicos (DEOX): ingresa al Registro Civil a través de la plataforma DEOX de la CSJN. Tener en cuenta que, en forma previa a su cumplimiento, deberá estar acreditado el pago del arancel correspondiente en el expediente judicial, para lo cual podrá generar la Boleta Única Inteligente (BUI) en el portal.

  • Designación de autorizado a diligenciar y/o a suscribir el acta

Pasos para realizar el trámite

Presentá la documentación

Tu abogado (también puede ser parte interesa o autorizado) deberá presentar el oficio y/o testimonio que ordena la inscripción de la adopción, ya sea en formato papel o electrónico.

  • Si es formato papel, lo presentará en la mesa de entrada del Registro Civil, Uruguay 753 (1° piso), de lunes a viernes de 8:30 a 14 hs, (en virtud de la situación epidemiológica vigente el horario de atención en mesa de entradas es de lunes a viernes de 9 a 14 hs)
  • Si es formato electrónico (DEOX) no es necesario el diligenciamiento presencial, sino que es recibido por el Registro Civil a través de la plataforma de la CSJN, desde la cual también se responde una vez cumplido u observado, siendo un procedimiento más ágil y celero.

Cumplimiento del Oficio Judicial

Una vez que el Oficio Judicial ingresa al Registro Civil (en cualquiera de los dos formatos), se remite a la Subgerencia Operativa de Asuntos Administrativos dependiente de la Gerencia Legal donde se inscribirá la anotación marginal de la restricción a la capacidad, y posteriormente enviar la contestación al juzgado.


Costos del trámite

Costos

Gratis

Inscripción de sentencias de adopciones plenas, simples e integrativas

Más información

Recordá que si te desuscribiste de los mails del gcba, no podrás recibir el mail de confirmación de citas, por lo que deberás comunicarte con el 147 para indicar un correo alternativo.



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Organismo Responsable

Dirección General de Registro Civil

Ubicación
Uruguay 753
Días de atención
Lunes a viernes
Horarios de atención
7.30 a 19 hs