Requisitos para iniciar el trámite
Documentación obligatoria
Formulario del Anexo IV Registro de Operador In Situ de Residuos Peligrosos de la Resolución Nº 85/APRA/26.
Documentación legal conforme a la Resolución N° 81-GCABA-APRA/24.
Certificado de Aptitud Ambiental de la Ley N° 123.
Certificado de habilitación.
Memoria técnica.
Manual de higiene y seguridad (firmado por el personal responsable).
Planes de contingencias (firmado por el personal responsable),
Seguro o caución prevista para el caso de producirse daños a las personas o al ambiente con los residuos peligrosos manipulados o tratados.
Constancia de capacitación del personal afectado a la tarea.
Documentación adicional
Otra documentación considerada pertinente.
Pasos para completar el trámite
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Ingresá al sistema
Hacé clic en "Iniciar trámite" para acceder al Sistema Público de Solicitudes de APRA (SIPSA).
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Generá tu expediente
Deberás acreditar mediante declaración jurada la información que se indica en el archivo Protocolo de Presentación de Nueva Tecnología Residuos Patogénicos.
Una vez que completes el formulario y cargues la información solicitada, se generará un expediente que será analizado por el área técnica/legal correspondiente.
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Obtené tu Certificado
Cumplimentados todos los requisitos, se emitirá el correspondiente Certificado de Gestión de Residuos Patogénicos.
Dicho Certificado deberá ser retirado en la Mesa de Entrada con turno previo.
En caso de faltar información, se te enviará una cédula al mail indicado.
Costos del trámite
Gratuito
Según la Ley Tarifaria vigente .
Preguntas frecuentes
En este registro deben inscribirse las personas físicas o jurídicas cuya actividad se vincule a la generación, operación o transporte de residuos patogénicos. La inscripción en este registro es indispensable para obtener el Certificado de Gestión de Residuos Patogénicos y contar con habilitación para funcionar en la Ciudad.
Conforme lo establecido en el artículo 32 de la Ley N° 154: son considerados operadores de residuos patogénicos las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, que realicen el tratamiento de los residuos, es decir, que utilicen métodos, técnicas, tecnologías, sistemas o procesos destinados a cambiar las características o composición de los residuos patogénicos, para que éstos pierdan su condición patogénica.
Las personas físicas o jurídicas responsables del tratamiento de residuos patogénicos, deberán inscribirse en el Registro de Generadores, Operadores y Transportistas de Residuos Patogénicos, en el marco de la Ley N° 154 en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Más información
El Certificado tiene una vigencia de 3 años.
De ser necesario, pueden efectuarse consultas técnicas ingresando al Portal Web de BA Colaborativa del Gobierno de la Ciudad. Allí, deberás elegir la opción: "Consulta técnica sobre trámite de registro de residuos peligrosos, patogénicos, asbestos y aceites vegetales usados comerciales".
Recordá que si te desuscribiste de los mails del GCBA no podrás recibir el mail de confirmación de citas, por lo que deberás comunicarte con el 147 para indicar un correo alternativo.
Normativa
La gestión de Residuos Patogénicos en la Ciudad está regulada por:
- Ley N°154, y sus decretos reglamentarios Decreto N° 706-GCBA-05 y Decreto N° 1886/GCBA/01
- Ley Nº 6.616
- Ley Nº 6513/2021
- RESOLUCIÓN N.º 81/APRA/24
- ANEXO I
Iniciá el trámite y completá todos los pasos
Iniciar TrámiteOrganismo responsable
Agencia de Protección Ambiental (APRA)
Ubicación
Días y horarios de atención
Lunes a viernes de 9 a 13 h
Contacto
apra.certificaciones@buenosaires.gob.ar