Otorgamiento del certificado de conservación de fachadas

El trámite consiste en el cumplimiento de las inspecciones técnicas, previstas por el Artículo 5.1.2. del Código de Edificación de la Ciudad.

Última actualización: Lunes 29/05/2023 16:33hs

Las consultas serán respondidas de manera online, a través de nuestra Mesa de Atención Virtual, o en forma presencial, únicamente con Turno Web Previo.


El trámite consiste en el cumplimiento de las inspecciones técnicas, previstas por el Artículo 5.1.2. del Código de Edificación de la Ciudad, para el mantenimiento en buen estado de las Fachadas (incluidos balcones, saledizos, carteles, marquesinas, toldos, maceteros, antepechos, cerramientos y muros perimetrales -en caso de corresponder-), con el objeto de preservar la seguridad y evitar accidentes, conservando la integridad de los elementos ornamentales de la Fachada de los inmuebles.

¿Cuáles son los requisitos?

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El trámite consiste en el cumplimiento de las inspecciones técnicas, previstas por el Artículo 5.1.2. del Código de Edificación de la Ciudad, para el mantenimiento en buen estado de las Fachadas (incluidos balcones, saledizos, carteles, marquesinas, toldos, maceteros, antepechos, cerramientos y muros perimetrales -en caso de corresponder-), con el objeto de preservar la seguridad y evitar accidentes, conservando la integridad de los elementos ornamentales de la Fachada de los inmuebles.

Pasos para realizar el trámite

Inspección

El profesional contratado debe realizar una inspección del inmueble para confeccionar el informe técnico (informe detallando el estado de la fachada de dicha propiedad).

Ir al aplicativo web

  • Las distintas presentaciones se tramitan a través de la Ley 257 se tramita a través de un portal web .

  • Se ingresa con el usuario y la contraseña que el profesional gestiono previamente ante su consejo profesional.

  • En dicho sistema, se deben presentar informes técnicos (detallando el estado de la fachada) para obtener certificados de conservación (plazo de conservación de fachada segura) o solicitudes de eximición de cumplimiento del Art. 5.1.2. del Código de Edificación de la Ciudad (en el caso de que corresponda, esto puede ser tramitado también por el propietario de la finca).

Validación


Costos del trámite
Costos
Arancelado según ley tarifaria vigente

Categorización de las edificaciones según el destino de las mismas

Más información

Para tramitar la Solicitud de Eximición se deberá completar el informe técnico, detallando que la fachada a conservar cumple con lo establecido en el Art. 5.1.2. del Código de Edificación de la Ciudad. La presente solicitud la puede efectuar el propietario en forma directa, a través del Portal Web mencionado en los pasos de este trámite, mediante una presentación en la Mesa de Entradas de la Agencia Gubernamental de Control (AGC) o designando a un profesional.


Normativa


Recordá que, si te desuscribiste de los mails del Gobierno de la Ciudad, no podrás recibir el mail de confirmación de citas, por lo que deberás comunicarte con el 147 para indicar un correo alternativo.


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