Requisitos para iniciar el trámite
Este trámite permite solicitar la condonación de deuda para aquellas:
Personas humanas que residan en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con incapacidad de afrontar el pago y que no se hallan encuadrados dentro del régimen de exenciones del Código Fiscal.
Entidades de bien público sin fines de lucro, que no cumplieron con las formalidades previstas en el Código Fiscal para su exención o que adeudan algunos de los tributos de un período donde las respectivas normas fiscales no las eximían del pago.
Los montos sujetos a condonación no deben superar, incluidos los intereses y las actualizaciones a la fecha de interposición pedida, el triple de lo determinado por el Art. 173 Inc. 2° de la Ley Tarifaria 2015 (Ley N° 5.238) $ 6.100, por lo cual el monto total adeudado a la fecha de presentación no debe superar $ 18.300.
La condonación de impuestos, intereses, tasas, derechos y contribuciones no alcanza a aquellos contribuyentes a los que se les ha decretado la quiebra o se encuentra firme la declaración en concurso.
Documentación obligatoria
Formulario Solicitud de condonación de deuda, Art. 140 Código Fiscal (T.O. 2015): Original.
Título de Propiedad del Vehículo inscripto en la Dirección Nacional de Registro de la Propiedad del Automotor y Créditos Prendarios (D.N.R.P.A y C.P): Original y Fotocopia.
Último pago efectuado por el seguro del vehículo: original y fotocopia.
Últimas facturas pagas de gas, luz, teléfono y AySA S.A.: Original y Fotocopia.
Recibos de expensas, haberes y obra social: original y fotocopia.
DNI de la persona que realice la presentación (titular, autorizado o apoderado): original y fotocopia.
Constancia de C.U.I.T./C.U.I.L.: fotocopia.
Las personas con discapacidad y aquellos que las tienen a su cargo deberán acreditar tal condición mediante certificado extendido por la Red Hospitalaria del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires o en su defecto el Certificado Único de Discapacidad (CUD).
Las personas que se encuentren desempleadas deberán acreditar la certificación negativa del ANSES.
En caso de fallecimiento del titular:
Declaratoria de Herederos debidamente inscripta en la Dirección Nacional de Registro de la Propiedad del Automotor y Créditos Prendarios (D.N.R.P.A y C.P): original y fotocopia.
Si no se dictó aún la Declaratoria de Herederos pero se encuentra en trámite el Juicio Sucesorio:
Certificado de Defunción (indicando Nº de Expediente, Juzgado y Secretaria): original y fotocopia.
Partida de matrimonio y/o partida de nacimiento de los hijos: original y fotocopia.
Dependiendo de cuál sea su carácter:
Personas humanas:
- DNI de la persona que realice la presentación (titular, representante o apoderado): original y fotocopia.
Personas jurídicas:
- Estatuto y última memoria y balance certificado por el CPCECABA: original y fotocopia.
- Última acta de designación de autoridades: original y fotocopia.
- Documento de Identidad (D.N.I, L.E, L.C. o C.I.) del titular: original y fotocopia.
Representante:
- Autorización del titular con certificación de su firma por banco o Policía Federal: original y fotocopia.
- DNI del titular: original y fotocopia.
Apoderado:
- Poder suscripto ante escribano público: original y fotocopia.
- DNI del titular: original y fotocopia.
Pasos para completar el trámite
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Reuní toda la documentación
Asegurate de contar con toda la documentación requerida antes de solicitar tu turno.
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Solicitá tu turno
Para realizar tu trámite de forma presencial en la AGIP debés solicitar un turno previo haciendo clic en el botón de "Solicitar mi turno".
Costos del trámite
Gratuito
Solicitud
Según la Ley Tarifaria vigente .
Más información
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Descargables
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Solicitar mi turnoOrganismo responsable
Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP)
Ubicación
Días y horarios de atención
Lunes a viernes de 9.30 a 15.30 h