Permiso accesorio de música y/o canto
Permiso accesorio de música y/o canto
En virtud del Contexto Actual, todas las consultas o inquietudes las podrás gestionar a través del canal de atención remota comunicacion_agc@buenosaires.gob.ar o en forma presencial, únicamente con Turno Web Previo.
Si en tu local comercial, comprendido en el rubro de Alimentación en general y gastronomía, deseás ejecutar música y/o canto en carácter de actividad accesoria, deberás solicitar un Permiso Accesorio de Actividad Música y/o Canto, a través de la suscripción de una Declaración Jurada ante la Agencia Gubernamental de Control.
¿Cuáles son los requisitos?
En virtud del Contexto Actual, todas las consultas o inquietudes las podrás gestionar a través del canal de atención remota comunicacion_agc@buenosaires.gob.ar o en forma presencial, únicamente con Turno Web Previo.
- Habilitación o autorización de actividad económica aprobada o en trámite
- Declaración Responsable de Permiso Accesorio Actividad Música y/o Canto.
Pasos para realizar el trámite
Inicio del trámite
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Para iniciar el trámite, deberás ingresar a la Plataforma de Trámites a Distancia (TAD), con tu Clave Ciudad Nivel 2 de AGIP y seleccionar “Autorización de Actividad Económica” de la Agencia Gubernamental de Control (AGC): “Nuevo permiso accesorio actividad música y/o canto”.
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Deberás declarar los datos correspondientes al expediente de habilitación o solicitud en trámite del local para la cual deseás tramitar el permiso.
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Si el trámite original es un trámite con encomienda digital, los datos del trámite vendrán precargados. Caso contrario, deberás completar los formularios que irán apareciendo para poder hacer la presentación.
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Ingresar los datos del Certificado de aptitud Ambiental (CAA) aprobado, relacionado a la habilitación.
Confirmación del trámite
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Una vez completados los datos del trámite, se habilitará el botón para confirmar y presentar la solicitud del permiso.
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Una vez presentado el permiso, el sistema actualizará el estado del mismo a “Aprobado” y habilitará el botón de descarga del mismo.
Más información
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La vigencia del permiso especial estará sujeta al estado del trámite de autorización y a la actualización de datos para trámites de Declaración Responsable.
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Si el trámite original, por el cual se solicitó el Permiso, sufre algún cambio en su vigencia (rechazo, caducidad, baja administrativa), la Dirección General de Habilitaciones y Permisos podrá revocar dicho permiso, amparándose en el nuevo estado de la Autorización de Actividad Económica.
Normativa
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Ley N° 6.101
Ley marco de Regulación de Actividades Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. -
Ley N° 6.099
Código Urbanístico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. -
Anexo I - Resolución conjunta N° 1/AGC/19
Declaración Responsable - Permiso Accesorio Actividad Música y/o Canto. -
Anexo II - Resolución conjunta N° 1/AGC/19
Especificaciones para la solicitud de "Permiso Accesorio de Actividad Música y/o Canto.