Presentación de oficios judiciales reservados
Por este trámite se reciben oficios y presentaciones judiciales dirigidas al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y/o a algunas de sus reparticiones.
El objetivo de estos oficios es solicitar información o comunicar alguna resolución o sentencia judicial en el marco de las Leyes CABA N° 114, N° 1.225 y N° 1.845 y en la Ley Nacional N°26.061.
¿Cuáles son los requisitos?
- Contar con usuario y clave miBA nivel 2 o 3.
- Si tenés alguna duda sobre cómo crear tu cuenta o validar tu identidad, ingresá a Plataforma miBA.
- Conocé más sobre los niveles de seguridad de clave miBA.
- Cargar en el Sistema de Tramitación a Distancia (TAD) la documentación:
Requisitos generales para la presentación
- Presentación judicial y/o oficio.
- Firma y aclaración del abogado/a, patrocinante de la causa y/o autoridad judicial.
- Comprobante de pago de oficio, de corresponder.
Requisitos específicos por tipo de oficio y/o presentación
1. Oficios del artículo 400 Código Procesal Civil y Comercial de la Nación (CPCCN)
- Las solicitudes de informes y remisión de expedientes amparados por el artículo 400 del CPCCN, deberán indicar los datos completos de la causa judicial para la cual pide el informe.
- Datos del juzgado que solicita el oficio (dirección, correo electrónico institucional y teléfono del juzgado.
- Datos del profesional que presenta la solicitud (correo electrónico y número de teléfono del profesional.
- Solicitud clara y concreta que se realiza a la repartición y documental, (de corresponder). En el caso de oficios judiciales, la solicitud debe ser la transcripción textual de la resolución judicial que la autoriza.
- Pago del timbrado (en caso de corresponder - ver apartado "costos del trámite").
- Identificar el tipo de oficio que se presenta (ampliatorio/ reiteratorio/ aclaratorio).
- En los casos en que se presente un oficio de ampliación, reiteración y/o aclaración, se deberá señalar los datos y actuación del oficio originario.
2. Oficios que notifican sentencias y/o resoluciones judiciales
Las presentaciones de oficios dirigido al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y/o a alguna de sus reparticiones, deberán contener los siguientes datos:
- Datos de la causa en la que se emitió la sentencia o resolución judicial.
- Mencionar los datos completos de la causa.
- Informar los datos del juzgado que interviene (dirección, correo institucional y teléfono).
- Datos de la persona que presenta el oficio, indicando correo electrónico y número telefónico del abogado/a que interviene en la causa.
- Acompañar a la presentación la sentencia y/o resolución completa que se quiere notificar al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o alguna de sus reparticiones.
3. Oficios para solicitar prácticas médicas:
En caso de oficios que solicitan la realización de prácticas médicas en la órbita del Ministerio de Salud de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, deben acompañar como requisito esencial la orden médica.
¿Quiénes pueden realizar el oficio?
- El/ la juez/a
- Funcionario/a de algún organismo judicial
- Ministerio Público Fiscal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
- Abogado/a que interviene en alguna causa judicial transcribiendo la orden del funcionario/a judicial.
Pasos para realizar el trámite
De forma presencial
Presentar el oficio o presentación judicial cumpliendo con los requisitos generales y específicos dependiendo el tipo de oficio, en las sedes habilitadas.
- Dirección General Mesa de Entradas, Salidas y Archivo - Av. Rivadavia 524 - de 9 a 16 h (turnos hasta las 15.30 h).
- Ventanilla Única Palacio Lezama - Av. Martín García 346 - de 9 a 16 hs (turnos hasta las 15.30 hs).
De forma online
- Ingresá a la plataforma de Trámites a Distancia (TAD) con tu usuario y contraseña miBA.
- Buscá el trámite “Oficios Judiciales Reservados” y seleccioná "iniciar trámite"
- Seguí los pasos indicados por el sistema y cargá el oficio o presentación, cumpliendo con los requisitos generales y específicos dependiendo el tipo de oficio.
Por Deox
En el caso de oficios judiciales en causas que tramiten en la Justicia Nacional, se deberá ingresar de forma única y exclusiva el oficio por la plataforma de "Diligenciamiento electrónico de oficios externos" - DEOX del Poder Judicial de la Nación.
El oficio se deberá dirigir al siguiente usuario: 60000019979 – Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires – Dirección General, Mesa de Entradas, Salida y Archivo.
Costos
$6.850,00
$6.980,00
Excepción de pago de timbre
Los siguientes casos, están eximidos del pago del derecho de timbre:
- Cuestiones de familia no patrimoniales (artículo 14 de la Constitución Nacional y artículo 13 de la Ley Nº 23.898)
- Presentaciones de trabajadores en relación de dependencia en los juicios originados en la relación laboral (artículo 41 Ley Nº 18.345)
- Acciones de amparo (artículo 2 Ley Nº 2.145)
- Juicios sujetos a beneficio de litigar sin gastos (artículo 79 Ley Nº 17.454 Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)
- Referidos a procesos de quiebra (artículo 273 Ley 24.522)
- Causas iniciadas por jubilaciones, pensiones y devolución de aportes (artículo 13 de la Ley Nº 23.898)
- Causas en el marco de la Ley de Defensa del Consumidor N° 24.240 (artículo 53)
- Oficios reiteratorios/ ampliatorios/aclaratorios (Decreto Nº 5.133/79)
- Oficios firmados por juez/a, secretario/a o auxiliar letrado/a:
- Cédulas judiciales firmadas por funcionario/a del poder judicial o del poder ejecutivo de alguno de los niveles estaduales (provincial, municipal y nacional), salvo los firmados por el letrado/a.
Si usted invoca una exención de pago del derecho de timbre deberá informarlo al momento de la presentación y, acreditar la documentación que constate la exención.
Más Información
Plazo de tramitación
El trámite tiene un tiempo estimado de 10 (diez) días hábiles, salvo que la providencia que lo haya ordenado hubiere fijado otro plazo en razón de la naturaleza de la causa.
Oficios y/o presentaciones que no se canalizan por esta vía
- Oficios y Cédula con traslado de Demanda al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Estos oficios se tramitan a través de correo electrónico de la Procuración General (notificacionesjudicialespg@buenosaires.gob.ar) o mediante DEOX al CUIO 60000001379 de dicho organismo.
- Oficios propiciados en el Fuero CAYT se canalizarán por el portal del Litigante CUIT GCBA (34999032089).
Por dudas o consultas
Podes acceder a video consultas BA Cara@Cara de acceso sencillo y rápido con el equipo responsable de la recepción y seguimiento de este trámite.
Recordá que si te desuscribiste de los mails del Gobierno de la Ciudad, no podrás recibir el mail de confirmación de citas, por lo que deberás comunicarte con el 147 para indicar un correo alternativo.