Certificación de las Instalaciones Térmicas por parte de profesionales certificantes/ calderas de agua caliente, de vapor, de fluidos térmicos y acumuladores de agua (termotanques)
Para la acreditación de certificación de las instalaciones térmicas, los propietarios o administradores de consorcios deberán designar a un profesional con incumbencia en la materia, matriculado y habilitado por el respectivo Consejo Profesional, quien tendrá carácter de certificante.
¿Cuáles son los requisitos?
Para realizar tareas de certificación de instalaciones térmicas, deberás contar con la correspondiente habilitación profesional otorgada por el Consejo Profesional correspondiente.
Según el tipo de combustible y/o energía involucrados, deberá cumplir con todas las normativas dictadas por ENARGAS, ENRE y las empresas distribuidoras.
Para suministros de gas natural deberá estar matriculado en las distribuidoras como gasista de primera categoría. Para suministros de energía eléctrica deberá contar con las incumbencias y alcances de título.
Para poder ingresar al Portal de Profesionales, deberás tramitar tu usuario en el consejo profesional donde te encuentres matriculado.
Consejos Profesionales habilitantes
- Consejo Profesional de Ingeniería Civil (CPIC).
- Consejo Profesional de Ingeniería Mecánica y Electricista (COPIME).
- Consejo Profesional de Ingeniería Industrial (CPII).
- Todo consejo profesional que pueda matricular profesionales con incumbencias necesarias para el ejercicio profesional de instalaciones térmicas.
Pasos para realizar el trámite
Acceder al sitio web
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Ingresá como profesional certificante al portal web de profesionales de la Agencia Gubernamental de Control con el usuario y contraseña adquiridos en el Consejo Profesional.
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En dicho portal se desplegara un menú con las posibilidades de trámites exclusivas para profesionales. Dentro del portal, debés seleccionar la opción Instalación térmica.
Aceptar o rechazar instalaciones térmicas
- En el sistema se visualizarán las solicitudes cargadas por el titular, propietario o administrador.
- Podrá aceptar o rechazar la certificación de las instalaciones térmicas pendientes de aceptación.
Completar los datos
Una vez aceptada dicha solicitud, podrá ser visualizada en la lista de ubicaciones de instalaciones térmicas en tu sistema.
Cargar el informe técnico
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Deberás informar en los plazos establecidos el estado de la instalación térmica en el libro digital del Registro de instalaciones térmicas y mantener actualizada dicha información.
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Una vez finalizada la carga del informe técnico, el titular, propietario o administrador podrá descargar el Código QR con el estado correspondiente:
- Apto para su uso.
- Apto para su uso requiere mejoras menores.
- Apto para su uso, instalación fuera de servicio, en proceso de desmantelación.
- Fuera de servicio.
Costos
Más información
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Toda instalación térmica tendrá un Libro digital de uso obligatorio. El mismo deberá contener los informes elaborados por el profesional certificante, previa aceptación de su designación por parte de los propietarios o administradores de consorcios y mantener actualizada la información sobre el estado de la instalación térmica.
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En caso de desvinculación voluntaria como profesional certificante de una instalación térmica, el profesional deberá dejar constancia en el libro digital sobre el estado de la instalación y la fecha de desvinculación, siendo esta última como resultado automático al ejecutar la acción “rechazar” en el sistema digital.
Las consultas serán respondidas de manera online a través de nuestra Mesa de Atención Virtual, o en forma presencial.
Normativa
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C.E. Texto ordenado Ley 6100-Ley 6438 Consolidado
Código de edificación. -
IF-RT-050106-020601-06-VO3-CONSERVACION DE LAS INST. TERMICAS
Certificación de Instalaciones Térmicas. -
Resolución N°205/SSGU/22
Reglamentación técnicos del Código de Edificación.