Registro de fabricación, reparación, recarga, instalación y control de extintores (Matafuegos) y equipos contra incendio
Registro de Fabricación, Reparación, Recarga, Instalación y Control de Extintores (Matafuegos) y equipos contra incendio
Las consultas serán respondidas de manera online, a través de nuestraMesa de Atención Virtual, o en forma presencial, únicamente con Turno Web Previo.
Todos los extintores (matafuegos) y equipos contra incendio deben ser fabricados, reparados, recargados e instalados por personas físicas y/o jurídicas inscriptas en el Registro de fabricación, reparación, recarga, instalación y control de extintores (matafuegos) y equipos contra incendio (R.E.E.C.I)”en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires.
¿Cuáles son los requisitos?
- Contar con usuario y clave miBA. Si tenés alguna duda sobre cómo crear tu cuenta o validar tu identidad, clickeá acá.
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Declaración Responsable de Registro que reviste el carácter de declaración jurada: está conformada por la Solicitud del Registro suscripta por el Ciudadano Responsable y el Anexo Técnico suscripto por el Profesional Responsable Director Técnico interviniente, certificado por el respectivo Consejo Profesional (Formulario de Declaración Responsable, según IF-2021-35353337-GCABA-DGHP formulario REECI).
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Encomienda profesional tarea (Director Técnico de Empresa de Extintores): el profesional que desarrolle la tarea de Director Técnico podrá actuar hasta un máximo de tres (3) empresas en forma simultánea.
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Constancia de Habilitación, Autorización Económica otorgada o inicio de trámite de la unidad de uso donde funcione la actividad: en los casos de establecimientos y/o talleres ubicados fuera de la Ciudad, se exigirá certificado de habilitación o inicio de trámite, actualizado por el municipio correspondiente.
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Seguro de responsabilidad civil, contra terceros, que cubra los riesgos propios de la actividad desarrollada: el mismo debe encontrase vigente y también se debe haber realizado previamente el pago correspondiente.
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Carpeta técnica, sistema de gestión, organigrama y manual de procedimientos que aseguren la trazabilidad de las operaciones: compuesto por procedimientos documentados que garanticen el cumplimiento de la normativa utilizada, conforme lo declarado en el Formulario de Declaración Responsable. Podrán ser solicitados certificados técnicos adicionales, conforme el Reglamento técnico IF-2021-35983628-GCABA-DGHP.
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Distribución de Planta - Plano de la Planta con procesos (layout): la empresa deberá presentar un esquema de procesos y graficar la disposición de sectores y equipos.
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Marca Registrada: los equipos deben estar identificados con la marca de la empresa inscripta en el Instituto Nacional de Propiedad Industrial (INPI), requisito obligatorio para la actividad de fabricación.
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Certificado de Libre Deuda de Faltas Especiales, emitido por la Dirección General de Administración de Infracciones (DGAI), requisito excluyente para Renovación.
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Pasos para realizar el trámite
Realizá el trámite a través de la plataforma de Trámites a Distancia (TAD)
- Ingresá a la plataforma de Tramitación a Distancia (TAD), con tu usuario y contraseña miBA.
- Buscá el trámite correspondiente y seleccioná "iniciar trámite”.
- Seguí los pasos indicados por el sistema y cargá la documentación indicada.
Inscripción al registro
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Ingresá los datos solicitados y toda la documentación requerida.
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Previo al otorgamiento de la inscripción al registro, se requerirá una inspección por parte de Dirección General de Fiscalización y Control de Obras.
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Cuando el Ciudadano reúna los requisitos exigidos para ser inscripto en el respectivo registro, se emitirá el Acto administrativo correspondiente.
Tarjetas de Identificación de Extintores
Para la confección de las tarjetas identificativas de los extintores (matafuegos), deberás acceder a la plataforma de “Sistema de Administración de Tarjetas de Identificación de Extintores”. La Dirección General Habilitaciones y Permisos remitirá clave y usuario al correo denunciado por la empresa, para acceder al sistema. Las tarjetas tendrán un Código de Respuesta Rápida (QR).
Renová la inscripción
La inscripción en los registros podrá ser renovada por idéntico período. La misma deberá efectuarse con una antelación de treinta (30) días previos al vencimiento, mediante el sistema de Tramitación a Distancia (TAD) acompañando, por:
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Formulario de Declaración Responsable conforme surge en el IF-2021-35353337-GCABA-DGHP formulario REECI.
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Habilitación
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Plano de Planta
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Encomienda profesional
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Seguro de responsabilidad civil contra terceros, que cubra los riesgos propios de la actividad desarrollada, juntamente con el comprobante de pago.
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Comprobante de libre deuda de infracciones, emitido por la Dirección General Administración de Infracciones.
Más información
La mera presentación de la declaración responsable no faculta a la empresa a comenzar las actividades.
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La vigencia de la recarga de los extintores (matafuegos) es de un (1) año.
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Todos los equipos, inclusive los sustitutos, deberán tener la tarjeta en forma obligatoria. Los equipos deben contar con marbete, precinto y tarjeta identificativa confeccionada en el sistema.
Notificación y duración del Registro
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La inscripción en el Registro tiene una duración de un (1) año, a partir de su inscripción. Vencido el plazo y por el solo transcurso del tiempo, la registración caduca de pleno derecho, sin necesidad de notificación al inscripto.
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La empresa deberá declarar la capacidad de producción mensual, de acuerdo a la actividad solicitada.
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Cualquier modificación respecto a los datos declarados, deberá formalizarse a través del sistema de Tramitación a Distancia (TAD), dentro de los cinco días de ocurrida la modificación.
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Ante irregularidades en el desarrollo de su actividad, el registro podrá ser suspendido o dado de baja durante su vigencia.
Normativa
Ley N° 6100 y su modificatoria Ley N° 6116
Código de Edificación.
Ley N° 6116
Modificación de la Ordenanza N° 40.473 (texto consolidado Ley 6017) y Artículo 2.1.1 de la Sección 2° Capítulo I "Seguridad y Prevención de Siniestros" de la Ley 451 Régimen de Faltas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Texto Consolidado por la Ley 6017).
Decreto 151/2019
Autoridad de Aplicación.
Resolución N° 80/SSGU/202
Aprueban nuevos Reglamentos Técnicos del Código de Edificación.
Reglamento REECI- IF-2021-35983628-GCABA-DGHP
Reglamento técnico.
Formulario REECI- IF-2021-35353337-GCABA-DGHP
Formulario de Declaración Responsable.
Ley N° 451
Régimen de Faltas de la Ciudad de Buenos Aires.