Registro de Plano de Obra Civil: Regularización de Obra en Contravención

Cuando se detecte una obra en contravención, el propietario debe retrotraer la obra a la situación registral existente, debiendo solicitar autorización a la Autoridad de Aplicación en materia registral. En caso de no ser posible lo anterior, el propietario puede regularizar las obras que a continuación se indican, debiendo presentar planos que den cuenta de lo efectivamente construido y acreditar el pago de los recargos sobre los derechos de delineación y construcción según la ley tarifaria vigente al momento de dicha regularización. Son pasibles de regularización registral las obras detalladas en 2.1.14 del código de edificación.

Modalidad: Online

¿Cuáles son los requisitos?

Contar con usuario y clave miBA nivel 2 o 3. 

  • Obligatorios:
    • Propietario, inquilino o concesionario.
    • Administrador del trámite.
    • Profesional responsable.
  • Optativo:
    • Visualizador.
    • Tercero Autorizado.
  • Datos del Trámite.
  • Informe de Dominio (90 días hábiles desde su emisión).
  • Planos a estudiar (en formato .dwf).
  • Encomienda profesional.
  • Memoria / informe técnico a modo de Declaración Jurada.
  • Proyecto o esquema estructural.
  • Formulario Datos del Propietario.
  • Formulario Tipo de tareas del Plano.
  • Boleta y Comprobante de Pago de Derechos de Construcción Sustentable.
  • Términos y Condiciones.
  • Contrato de locación y nota certificada ante escribano publico.
  • Declaración Jurada de Herederos.
  • Autorización del Propietario en caso de Inquilino o Concesionario.
  • Conformidad de Copropietarios (Obligatorio en caso de espacios comunes).
  • Conformidad de los Condóminos (obligatorio en caso de existir).
  • Proyecto estructural (obligatorio según art. 2.1.7.4 del Código de Edificación).
  • Apoderamiento para realizar el trámite (en caso de contratación de terceros).
  • Plano de Obra antecedente.
  • Plano de instalaciones.
  • Plano de mensura.
  • Declaración Jurada, Memoria e Informe técnico (ANEXO III, solo en caso de Regularización).
  • Autorización del Propietario en caso de Inquilino o Concesionario: En los casos que quien inicie el trámite sea un inquilino o concesionario, autorización del propietario sobre la obra en cuestión (PDF o JPG o PNG).
  • Apoderamiento para realizar el trámite (en caso de contratación de terceros): Documento que acredita la contratación de terceros para la realización de dicho trámite (PDF o JPG o PNG).
  • Reglamento de copropietarios actualizado y su consentimiento, autorizando la obra (en caso de aplicar el régimen de propiedad horizontal y si la obra afecta a partes comunes).
  • Conformidad de los Condóminos (en el caso de exista más de un propietario por unidad funcional).
  • Conformidad de Copropietarios autorizando la regularización (en caso de aplicar el régimen de propiedad horizontal y si la misma afecta a partes comunes) (PDF, JPG o PNG).
  • Servidumbre.
  • Plano de Instalaciones.

Pasos para realizar el trámite

  • Realizá el trámite a través de la plataforma de Trámites a Distancia (TAD)

    • Ingresá al Sistema de Tramitación a Distancia (TAD)
    • Buscar Regularización de Plano de Obra Civil
    • Iniciá sesión con tu usuario y contraseña miBA.
    • Seguí las indicaciones y cargá la información solicitada.
  • Respondé las observaciones administrativas

    Si los documentos obligatorios no están correctos, se abrirá una subsanación a través de la plataforma de Tramitación a Distancia (TAD). Se otorgarán 7 días corridos para cumplimentar las observaciones detectadas.

  • Respondé las observaciones técnicas

    Cuando existan observaciones técnicas se adjuntará al informe, un plano en formato dwf y se otorgarán 45 días corridos para cumplimentar las mismas.

    En caso de tener inquietudes respecto a lo señalado por el analista técnico se podrá solicitar una entrevista (presencial o virtual) ingresando a BA Colaborativa.

  • Cargá los planos validados por el analista técnico

    En este paso deberás cargar los últimos planos revisados por el analista técnico en formato PDF. firmado digitalmente o, en su defecto, adjuntar la “Declaración Jurada Profesional”.

  • Abonar la liquidación final

    Finalmente, se deberá abonar la Boleta Única Inteligente (BUI) disponibilizada a través de la plataforma de Tramitación a Distancia (TAD).

     

    Podés pagar la BUI (Boleta Única Inteligente) desde: Pago Fácil, Rapipago, Mercado Pago, Portal de pago electrónico o Billetera Virtual BUEPP (para más información ingresá a www.buepp.com.ar).

  • No se pueden regularizar obras en contravención antirreglamentarias al Código Urbanístico.
  • No se pueden regularizar instalaciones antirreglamentarias a Código de Edificación.

​​​​​​​Obras en contravención que pueden ser regularizadas:

  • Construcciones antirreglamentarias al Código de Edificación que no superen los 100 m2.
  • Construcciones que no hayan sido oportunamente registradas pero cumplan con la normativa vigente al momento de su regularización (Reglamentarias al Código de Edificación, sin límite de superficie).
  • Obras que se realicen en áreas comunes de viviendas multifamiliares, apto profesional y en edificios públicos, con el fin de dar cumplimiento a condiciones de accesibilidad.
  • Obras que se efectúen en predios en proceso de re urbanización por ser barrios originados de modo informal.
  • Se podrá presentar Plano Único en caso de tratarse de una Micro Obra, una Obra Menor o una Obra Media cuyo uso principal sea Vivienda.
  • El Plano Único deberá contener los Planos de Obra Civil y los Planos de sus Instalaciones complementarias (Prevención contra Incendio, Sanitarias y Eléctricas)
  • En caso de no cumplir con la documentación mínima a presentar, el Expediente será remitido a Guarda Temporal. Para ver más información sobre los requisitos de admisibilidad y documentación a podes consultar en Reglamento Técnico.

Más información

Por consultas:

  • Ingresá a BA Colaborativa 
  • Telefónicamente de 10 a 14 hs a los números 5030-9700 internos 7187 / 7168 / 7181.

Recordá que si te desuscribiste de los mails del GCBA no podrás recibir el mail de confirmación de citas, por lo que deberás comunicarte con el 147 para indicar un correo alternativo.

Iniciá el trámite y completá todos los pasos

Organismo Responsable 

Subsecretaría de Gestión y Desarrollo Urbano - Dirección General de Registro de Obras y Catastro

Ubicación

Av. Martín García 346 

Días de atención 

Lunes a viernes 

Horarios de atención

9:30 a 15:30 h