Registro Nacional de Productos Alimenticios (RNPA) / Registro Nacional de Establecimientos (RNE)

Toda Persona física o Empresa que, en un establecimiento, dentro del ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires quiera producir, elaborar, fraccionar, distribuir o expender productos alimenticios debe realizar los trámites para su inscripción en el Registro Nacional de Establecimientos (RNE) y en el Registro del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires de Establecimientos (RGCBA-E) e inscribir cada producto en el Registro Nacional de Productos Alimenticios (RNPA) y en el Registro del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires para Producto (RGCBA- P), que dependen de la Dirección General de Higiene y Seguridad Alimentaria.

Última actualización: Martes 01/10/2024 12:14hs

¿Cuáles son los requisitos?

  • Nota de solicitud dirigida al Director General, haciendo referencia al trámite que se quiere realizar (Anexo III).
  • Certificado de Deudores Alimentarios (en caso de que se trate de una persona física).
  • Copia del Contrato Social autenticado por escribano público u original y copia, la cual se autenticará en Mesa de Entradas.
  • Si el trámite es realizado por un apoderado, deberá presentar el poder autenticado por escribano público u original y copia, la cual se autenticará en Mesa de Entradas.
  • Fotocopia del último pago de Ingresos Brutos y de aportes jubilatorios.
  • En el caso de que la solicitud la realice una persona física, deberá exhibir el original de DNI y adjuntar una copia, la cual será autenticada en Mesa de Entradas.
  • Abonar el arancel correspondiente, de acuerdo a lo establecido en la Ley tarifaria vigente.
  • Presentar la restante documentación solicitada en cada uno de los apartados correspondientes a cada tramitación.

Tramitación Relacionada con Establecimientos de Productos Alimenticios (Registro Nacional de Establecimientos - RNE/Registro del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires de Establecimientos - RGCBAE)

  • Presentar formularios de inscripción de establecimientos de productos alimenticios (original y por duplicado); los mismos tendrán validez de Declaración Jurada, según el modelo que se adjunta como Anexo IV).
  • Copia de Oblea con código QR o plancheta de habilitación municipal definitiva que contemple los rubros solicitados. En el caso de que se haya realizado un cambio de razón social, se deberá presentar la plancheta de transferencia de habilitación definitiva.
  • Presentar una copia heliográfica o similar del plano de habilitación, o permiso de uso aprobado correspondiente a la habilitación presentada, otorgado por el Gobierno de la Ciudad.
  • Presentar una memoria descriptiva de acuerdo al Código de Alimentación Argentina, con las operaciones que van a realizarse en el establecimiento, de acuerdo al modelo que se encuentra en el Anexo II. La misma deberá contener firma y aclaración del titular, del apoderado y, si corresponde, del Director Técnico del Establecimiento.
  • Presentar, mediante una nota dirigida a esta dirección, un Director Técnico con Incumbencias que lo habiliten cuando se trate de establecimientos que elaboren:
    • Productos dietéticos (licenciados o ingenieros en alimentos, veterinarios, etc.).
    • Suplementos dietarios (farmacéutico).
    • Todo producto alimenticio que, según el Certificado de Aptitud Ambiental (CAA), requiera asesoría.
  • Copia del último certificado de limpieza del tanque de agua del establecimiento.
  • Copia del último certificado de Control de plagas.

Más información:

  • En caso de tratarse de un establecimiento que va a inscribirse como expendedor, este deberá contar como mínimo con una oficina y un depósito habilitado por la Dirección General de Habilitaciones y Permisos, el cual deberá estar ubicado dentro de la Ciudad.

  • En caso de tratarse de un establecimiento en el cual se vaya a elaborar o fraccionar alimentos cárneos u afines de origen animal, deberás presentar también, una copia del certificado de habilitación, extendido por el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA).

  • En caso de Solicitud de Inscripción como Exportador Importador, deberás presentar también, copia del certificado de inscripción en aduana, y contar con un depósito habilitado por la Dirección General de Habilitaciones y Permisos, el cual deberá estar ubicado dentro de la Ciudad.


Una vez inscripto el establecimiento en ambos registros, el mismo se encuentra habilitado para desarrollar las actividades declaradas. Sin embargo, antes de comenzar a comercializar el o los Productos alimenticios que elabore, debés inscribirlos en el Registro Nacional de Productos Alimenticios (RNPA) y en el Registro del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires para Producto (RGCBA- P), expedidos por la Dirección General de Higiene y Seguridad Alimentaria.


Tramitación Relacionada con Productos Alimenticios (Registro Nacional de Productos Alimenticios - RNPA/Registro del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires para Producto - RGCBAP)

  • Presentar una (1) copia del certificado de inscripción del establecimiento (Registro Nacional de Establecimientos - RNE, o Registro del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires de Establecimientos - RGCBAE), según corresponda.
  • Presentar, si correspondiere tener un Director (o Asesor) Técnico, título habilitante (si presenta copia, anverso y reverso del título van en una misma hoja). Además, deberá presentar matricula con pago al día y nota otorgada por el Colegio respectivo, donde figure que no tiene impedimentos para ejercer su profesión (Decreto-Ley: 6070/58, Res. N°1579/83 MSPyMA y demás legislación vigente).
  • Presentar dos (2) formularios de inscripción de productos alimenticios en original (no fotocopia), según el modelo que se adjunta como ANEXO IV. Estos formularios tendrán validez de declaración jurada. Cuando el producto se elabore en dos o más plantas, se deberá presentar dos (2) formularios de inscripción en original (no fotocopia), según el modelo que se adjunta como Anexo IV, de productos alimenticios por cada planta elaboradora.
  • Presentar una monografía de acuerdo a lo indicado en el instructivo que figura como Anexo II, con la firma y aclaración del titular, apoderado y, de corresponder, con firma y sello del director técnico.
  • Presentar dos (2) proyectos de rotulo que cumplan con el C.A.A., las Resoluciones Merco sur vigentes y sus modificatorias. Cuando el producto se elabore en dos o más establecimientos distintos deberá presentar dos (2) proyectos de rótulo para cada planta elaboradora.
  • Presentar protocolo de análisis microbiológicos y físicoquímicos, realizados por laboratorios oficiales (Red Nacional de Laboratorios del SeNaSA, INAL, INTI, Laboratorio de Farmacia y Bioquímica de la UBA) de productos dietéticos (Cap. XVII del C.A.A.), aguas minerales (Art.985, 992b y 995 del C.A.A.), Bebidas fermentadas (Cap. XIII del C.A.A.), Harinas ,concentrados, aislados y derivados proteínicos (Cap. XIX del C.A.A.), y todo otro producto que esta Dirección considere pertinente que se desee analizar.
  • Si el titular solicitante fuera un expendedor de productos alimenticios, el mismo deberá presentar una carta convenio ante escribano público, rubricada por ambas partes, en la que conste en forma clara y precisa:
    • La duración del convenio de elaboración y/o fraccionamiento en tiempo o por producción.
    • El responsable ante esta repartición, durante los procesos de elaboración y/o fraccionamiento o envasado del producto.
    • La forma en que se distribuirán los productos, aclarando donde permanecen hasta su venta, indicando la responsabilidad de cada parte una vez finalizada la elaboración del producto, encontrándose en depósito y en tránsito hasta su lugar de venta.
  • Autorización de uso del material de envase primario (en contacto con el alimento), otorgado por el ANMAT o SeNaSA, u otro Organismo Oficial que esta Dirección considere pertinente.
  • Declaración jurada de acuerdo al formulario que, como Anexo III, se adjunta a la presente disposición (inscripciones o reinscripciones).

En el caso de inscripción o reinscripción de productos alimenticios de 2° orden, deberá presentar copia del certificado nacional de producto alimenticio y de los rótulos aprobados por la jurisdicción correspondiente y de cualquier otra documentación que esta Dirección considere necesaria para la inscripción solicitada.

Pasos para realizar el trámite

Ingresá tu solicitud

Para registrar un establecimiento o producto, deberás enviar tu solicitud a la Mesa Virtual de Ayuda de la AGC y recibirás por este medio, la boleta de acuerdo al trámite que vas a realizar.

Aboná el timbrado

Realizá el pago de la boleta correspondiente.

Presentá la documentación en la Agencia Gubernamental de Control (AGC)

Adjuntar la boleta, el pago realizado y toda la documentación requerida para realizar la presentación, e ingresarla por la Mesa de ayuda virtual de la AGC.

Notificación y retiro de los certificados

En el caso de existencia de alguna observación por documentación errónea o faltante, la misma será notifica por cédula, a fin de que el solicitante subsane dicha observación, previo pago de la tasa correspondiente.
Aprobado el trámite, recibirás una notificación para realizar el pago y recibir por mail el Certificado del Registro.


Costos del trámite

Costos

$69.940,00

Inscripción de establecimientos alimenticios o de envases

$63.540,00

Reinscripción de establecimientos alimenticios o de envases

$35.400,00

Cambio razón social y/o transferencias establecimientos alimenticios o de envases

$35.400,00

Establecimientos de productos alimenticios o de envases. Ampliación rubro y/o superficies y otras

$49.600,00

Inscripción de productos alimenticios o de envases

$35.400,00

Reinscripción de productos alimenticios o de envases

$23.220,00

Modificación de rótulo, marca, razón social/ domicilio, etc. por producto

$247.490,00

Agotamiento existencia de rótulo por producto

$35.400,00

Inscripción de productos de 2º orden

Más información

  • Normativa y formularios se encuentran comprendidos en el Anexo I, Anexo II, Anexo III y Anexo IV de la Disposición N° 6.957-DGHYSA/09, publicado en B.O 3351 de 29/1/2010 (pgs. 111 a 138).


Las consultas serán respondidas de manera online a través de nuestra Mesa de atención virtual, o en forma presencial.


Normativa


Recordá que, si te desuscribiste de los mails del Gobierno de la Ciudad, no podrás recibir el mail de confirmación de citas, por lo que deberás comunicarte con el 147 para indicar un correo alternativo.


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