Inscripción al registro público de lugares bailables
Los locales de baile, bares, restaurantes u otros rubros cuya actividad complementaria sea el baile deben inscribirse, previo al inicio de sus actividades, en el Registro público de lugares bailables.
Las consultas serán respondidas de manera online, a través de nuestra mesa de atención virtual, o en forma presencial.
¿Cuáles son los requisitos?
- Contar con usuario y clave miBA 2 o 3.
- Si tenés alguna duda sobre cómo crear tu cuenta o validar tu identidad, ingresá a Plataforma miBA.
- Conocé más sobre los niveles de seguridad de clave miBA.
- Formulario de inscripción.
- Constancia de capacidad autorizada, la que no deberá exceder un factor de ocupación superior a dos (2) personas por metro cuadrado de superficie, destinada a los concurrentes, exceptuando para el cálculo sectores de ingreso y egreso, pasillos de circulación y evacuación, escaleras, barras, guardarropas, depósitos, oficinas y sectores administrativos, cabinas de iluminación y disc jockey, sanitarios y todo otro sector con similares finalidades.
Con carácter excepcional y hasta tanto los lugares de bailes presenten la documentación que conlleve la ampliación de su capacidad autorizada y se expida al respecto la Dirección General de Registro de Obras y Catastro, los lugares en cuestión podrán abrir al público, manteniendo la capacidad autorizada a la fecha de entrada en vigencia del presente. - Certificación de la Superintendencia de Bomberos de la Policía Federal, en los términos dispuestos por la Ordenanza N° 50.250 y modificatorias.
- Constancia de que la totalidad de los revestimientos -incluidas las aislaciones acústicas, permanentes o temporales- existentes en el interior de los lugares de baile son de materiales no combustibles, o bien, ignífugos o con tratamiento ignífugo. Asimismo, se establece que en un plazo de ciento ochenta (180) días corridos a partir de la inscripción en el Registro, las aislaciones acústicas sólo podrán ser de materiales no combustibles.
- Seguro de Responsabilidad Civil que cubra los riesgos por siniestros que afecten la integridad física de los concurrentes, de conformidad con la capacidad del establecimiento.
- Presentación de un plan de evacuación, suscripto por un profesional matriculado idóneo en la materia, en las condiciones que establezca la autoridad de aplicación.
Asimismo, la presentación que se efectúe deberá individualizar la persona física responsable de llevar a cabo el plan de evacuación, mes a mes, y un suplente. - Constancia de contratación de personal de seguridad, en los términos de la Ley N° 118 y sus modificatorias.
- Acreditar la colocación en el frente del local y en todas las puertas de acceso de una chapa mural que brinde la información al público sobre las condiciones del establecimiento, conforme lo establezca la autoridad de aplicación.
- Constancia de inscripción en el Impuesto a los Ingresos Brutos.
Para la renovación anual de inscripción al Registro
- Formulario de Renovación de inscripción anual.
- Plancheta/certificado de habilitación o transferencia.
- Copia actualizada de plano habilitación (uso del local).
- Plano registrado de condiciones contra incendio.
- Certificado de inspección final de condiciones contra incendio.
- Certificado Libre deuda de infracciones.
- Constancia de inscripción y pagos de Ingresos Brutos.
- Póliza de Seguro de Responsabilidad Civil Comprensiva.
Pasos para realizar el trámite
Realizá el trámite a través de la plataforma de Trámites a Distancia (TAD)
- Ingresá a la plataforma de Tramitación a Distancia (TAD).
- Iniciá sesión con tu usuario y contraseña miBA.
- Seguí los pasos indicados por el sistema y cargá la documentación indicada.
Costos
Gratis
Más información
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La inscripción al Registro público de lugares bailables debe ser renovada anualmente. Para ello, los titulares deben completar el formulario correspondiente, con una antelación no inferior a los 30 días contados desde la fecha de caducidad de su inscripción, junto con la documentación correspondiente.
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Una vez inscriptos, los responsables de la explotación de los locales que integran el Registro Público de Lugares Bailables, deberán acreditar trimestralmente la Revalidación de bomberos.
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La información de este Registro está disponible en el portal web de Buenos Aires Data, para todos los ciudadanos que así lo requieran, junto a las inspecciones que realiza la Agencia Gubernamental de Control (AGC) y que permiten garantizar que el local cumpla con las condiciones de seguridad requeridas por la ley.
Normativa
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DNU N° 1/2005: establece la creación del Registro público de lugares bailables y los requisitos de inscripción.