Reinscripción en el registro de fabricantes, reparadores e instaladores de instalaciones fijas contra incendios
Con este trámite podrás realizar la renovación anual al Registro, para continuar funcionando en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
La misma deberá efectuarse con una antelación de treinta (30) días previos a su vencimiento.
¿Cuáles son los requisitos?
- Contar con usuario y clave miBA 2 o 3.
- Si tenés alguna duda sobre cómo crear tu cuenta o validar tu identidad, ingresá a Plataforma miBA.
- Conocé más sobre los niveles de seguridad de clave miBA.
- Formulario con los datos del trámite.
- Declaración responsable, conforme surge en el IF-2021-33941628-GCABA-DGFYCO (formulario RIFCI) de la presente resolución.
- Habilitación.
- Plano de planta.
- Encomienda profesional certificada por el consejo.
- Seguro de responsabilidad civil contra terceros que cubra los riesgos propios d la actividad desarrollada, conjuntamente con el comprobante de pago.
- Comprobante de Libre deuda de infracciones, emitido por la Dirección General Administración de Infracciones del Gobierno de la Ciudad.
- Marca comercial registrada con la cual opera en el mercado.
- Certificación de las normas IRAM, NFPA.
Pasos para realizar el trámite
Realizá el trámite a través de la plataforma de Trámites a Distancia (TAD)
- Ingresá a la plataforma de Tramitación a Distancia (TAD).
- Iniciá sesión con tu usuario y contraseña miBA.
- Seguí los pasos indicados por el sistema y cargá la documentación indicada.
Inspección
- Podrás recibir una inspección por parte de Dirección General de Fiscalización y Control de Obras.
- Cuando el ciudadano reúna los requisitos exigidos para la renovación del registro, se emitirá el acto administrativo correspondiente.
Costos
Gratis
Más información
La mera presentación de la declaración responsable no faculta a la empresa a comenzar las actividades.
Cualquier modificación respecto al cambio de Profesional Responsable, Director Técnico y/o cualquier otra modificación relativa a los datos declarados, deberá formalizarse a través del sistema de Tramitación a Distancia (TAD), dentro de los cinco días de ocurrida la modificación.
Ante irregularidades en el desarrollo de su actividad, el registro podrá ser suspendido o dado de baja durante su vigencia.
Se entenderá por Instalaciones Fijas contra Incendios a las comprendidas en las normas IRAM, NFPA:
- Rubro agua:
- Sistema de rociadores automáticos
- Sistema de agua pulverizada
- Sistema de rociadores de espuma
- Sistema de generadores de espuma
- Sistema de tuberías y mangueras (red de agua)
- Sistemas de bombas contra incendios
- Sistema de abastecimiento de agua
- Sistema de hidrantes de piso contra incendios
- Rubro gases:
- Sistema de extinción por agentes limpios
- Sistema de extinción por Dióxido de Carbono
- Rubro detección:
- Sistema de detección y alarma de incendio
- Sistema de detección y alarma de incendio
- Rubro polvo:
- Sistema de extinción por polvo
- Sistema de extinción por solución acuosa
- Rubro clase K:
- Sistema de extinción agente clase K
- Campanas de extracción (gastronomía) * novedad
Podés visualizar el listado de empresas inscriptas en el Registro de fabricantes, reparadores, instaladores y mantenedores de instalaciones fijas contra incendios.
Normativa
- CE. Ley 6438 consolidado y modificaciones
Código de Edificación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
- RESOL N° 405/AGC/19
Aprueban nuevos Anexos.
- RESOL N° 80/SSGU/2021
Aprueban nuevos reglamentos técnicos del Código de Edificación.
- Reglamento RIFCI-RT-050107-020601-08-01
Reglamento técnico.
- Formulario RIFCI-IF-2021-33941628-GCABA-DGFYCO
Formulario de Declaración Responsable.
Las consultas serán respondidas de manera online, a través de nuestra mesa de atención virtual, o en forma presencial.