Solicitud de devolución o compensación por saldos a favor hasta $15.000.000
El presente trámite permite al contribuyente solicitar reintegro, compensación o traspaso del saldo a favor del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, solicitando de manera no automática un saldo hasta quince millones de pesos ($15.000.000). Dicho pedido se someterá a un proceso de verificación fiscal para proceder a la validación o, en su defecto, a la desestimación del mismo.
¿Cuáles son los requisitos?
- Contar con usuario y clave miBA nivel 3.
- Si tenés alguna duda sobre cómo crear tu cuenta o validar tu identidad, ingresá a Plataforma miBA.
- Conocé más sobre los niveles de seguridad de clave miBA.
En primera instancia, se deberá ingresar por la modalidad "Devolución Express" y en caso de que esta sea rechazada debe a solicitarlo por esta vía adjuntando la constancia del rechazo.
El contribuyente debe presentar ante la Administración el Recurso Repetición y/o Compensación la siguiente documentación obligatoria:
- Nota en carácter de Declaración Jurada describiendo la/s actividad/es desarrollada/s modalidad operativa, circuito de compras y ventas, etc. y el tratamiento dispensado en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos para cada una de ellas. Aclarar sobre el monto a repetir y/o a compensar reclamado y los periodos involucrados detallando el periodo de origen del saldo a favor y la posición hasta la cual lo solicita.
- DNI del firmante.
- Documentación que acredite la personería invocada.
- En caso de compensación, debe indicar el impuesto, el período y el importe a cancelar (total o parcialmente).
- Formulario para alta de cuentas devoluciones “La cuenta debe ser de titularidad única”.
- Certificación bancaria o captura de pantalla del Homebanking en donde figure Nro. de cuenta y CBU.
Documentación opcional
- Poder de representación certificado.
- Estatuto.
- Cualquier otro papel de trabajo o documento que considere necesario.
Pasos para realizar el trámite
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Ingresá a TAD
Hacé clic en “Iniciar trámite”.
Accedé al Sistema de Tramitación a Distancia (TAD) con tu usuario y contraseña miBA. -
Generá tu expediente
Seguí las indicaciones de la plataforma.
Cargá la información solicitada para iniciar tu trámite. -
¿Cómo finaliza el trámite?
- Si el trámite es iniciado por el contribuyente mediante TAD, se le notifica por el mismo medio.
- Si el trámite es iniciado por la Administración se lo notifica por DFE (Domicilio Fiscal Electrónico).
Más información
Recordá que si te desuscribiste de los mails del GCBA no podrás recibir el mail de confirmación de citas, por lo que deberás comunicarte con el 147 para indicar un correo alternativo.
Iniciá el trámite y completá todos los pasos
Organismo Responsable
Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP)
Ubicación
Días de atención
Lunes a viernes
Horarios de atención
9.30 a 15.30 hs