Solicitud de duplicado del libro de actas por extravío, robo, hurto o agotamiento
Las consultas serán respondidas de manera online, a través de nuestra Mesa de Atención Virtual, o en forma presencial, únicamente con Turno Web Previo.
Este trámite puede realizarse a través de la Plataforma de Tramitación a Distancia (TAD).
¿Cuáles son los requisitos?
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Contar con usuario y clave miBA. Si tenés alguna duda sobre cómo crear tu cuenta o validar tu identidad, clickeá acá.
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Cargar en el Sistema de Tramitación a Distancia (TAD) la siguiente documentación obligatoria:
- Formulario de Solicitud
- Copia del DNI del titular, apoderado, o representante legal de la sociedad
- Autorizado, con la escritura de habilitación donde se menciona.
- Plancheta de habilitación u oblea, con código QR.
Documentación Adicional
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Si el pedido de duplicado es por agotamiento del libro:
- Fotocopia de las últimas 3 hojas del libro agotado.
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Si el pedido de duplicado es por robo, hurto u extravío, deberá presentar, además:
- Denuncia policial original.
Pasos para realizar el trámite
Realizá el trámite a través de la plataforma de Trámites a Distancia (TAD)
- Ingresá a la plataforma de Tramitación a Distancia (TAD), con tu usuario y contraseña miBA.
- Buscá el trámite correspondiente y seleccioná "iniciar trámite”.
- Seguí los pasos indicados por el sistema y cargá la documentación indicada.
Más información
Para retirar el Duplicado de la rúbrica del Libro en la Agencia Gubernamental de Control (AGC), deberás solicitar un turno web y, haber obtenido previamente el Libre deuda de Infracciones en la Dirección General de Administración de Infracciones (DGAI) y abonado la boleta correspondiente.
Presentarte el día del turno en la Agencia Gubernamental de Control (AGC), ubicada en Tte. Gral. Juan Domingo Perón 2941, con la documentación necesaria para la acreditación de personería y un libro de actas rayado de 200 fojas tamaño oficio.
Normativa
- Ley N° 6.101
Ley marco de regulación de actividades económicas de la Ciudad.
- Decreto N° 2.761/1965
Obligatoriedad de presentar el libre deuda de infracciones, solicitado ante la Dirección General de Administración de Infracciones.