Solicitud Permiso de Espectáculo musical en vivo

Última actualización: Miércoles 09/10/2024 13:32hs

Los establecimientos habilitados e inscriptos en el Registro Público de Lugares Bailables en caso de querer realizar números musicales en vivo, deben solicitar previamente ante la Dirección General de Habilitaciones y Permisos, el otorgamiento de un Permiso de Espectáculo en vivo. 

¿Cuáles son los requisitos?

  • Este trámite puede realizarse a través de la Plataforma de Tramitación a Distancia (TAD)
  • Contar con usuario y clave miBA nivel 2 o 3
  • Cargar en el Sistema de Tramitación a Distancia (TAD) la siguiente documentación obligatoria:

  • Formulario "Solicitud Permiso Especial - Número Musical": declaración jurada indicando, entre otras cosas: fecha y horario programados para el espectáculo; naturaleza y descripción del espectáculo; número de personas que ejecutarán el espectáculo; y nombre de la banda o persona que lo ejecuta.

  • Constancia de la Nota presentada ante la Policía de la Ciudad, comunicando la realización del espectáculo.
  • Inscripción en el Registro Público de Lugares Bailables vigente, ( cumplidos los requisitos exigidos para dicho registro como póliza de seguro, contratación de servicio de bomberos, certificado de reválida trimestral expedido por la Superintendencia de Bomberos, contratación y presencia de un servicio médico permanente de emergencias, constancia de libre deuda de infracciones extendida por autoridad competente).

Documentación Adicional

  • Informe y encomienda de estructuras transitorias
  • Cuando se materialicen estructuras transitorias no contempladas en la habilitación, se deberá presentar un informe técnico suscripto por profesional competente, con su encomienda profesional, que de cuenta que las estructuras a emplazar han sido ejecutadas en forma reglamentaria y que no representan peligro para el público o los bienes.
  • Poder original o copia certificada
  • En caso de apoderamiento, instrumento que acredita la condición de apoderado del firmante.
  • Plano en escala detallado del espacio de uso (solo para estructuras transitorias)
  • Sistema de Autoprotección, con el Plan de Evacuación actualizado.
  • Material Complementario.
    .

Pasos para realizar el trámite

Realizá el trámite a través de la plataforma de Trámites a Distancia (TAD)


Costos del trámite

Costos

Gratis

Más información

Se entiende por espectáculo musical en vivo a todo evento en el que, quien conoce el arte de la música o lo ejerce –incluyendo, entre otros, a artistas, cantantes, músicos y/o bandas musicales–, ejecute sonidos de voz humana y/o de uno o varios instrumentos musicales, y/o actúe en playback en forma viva y directa.


  • Otorgado el permiso especial previo, la Dirección General de Habilitaciones y Permisos girará las actuaciones a la Dirección General de Fiscalización y Control para su conocimiento quien, realizará la inspección previa de las instalaciones.
  • En caso de que el interesado pretenda sumar una nueva actividad de forma constante en su establecimiento, deberá modificar el rubro del mismo.
  • El interesado podrá solicitar, en una única presentación, permiso para la realización de un máximo de cuarenta y ocho (48) espectáculos a realizarse, dentro de los seis (6) meses siguientes a la fecha indicada para el primer evento, siempre y cuando las características de cada uno de los espectáculos programados, incluyendo el plano, no varíen.

Las consultas serán respondidas de manera online a través de nuestra Mesa de Atención Virtual, o en forma presencial.


Recordá que, si te desuscribiste de los mails del Gobierno de la Ciudad, no podrás recibir el mail de confirmación de citas, por lo que deberás comunicarte con el 147 para indicar un correo alternativo.


Descargas

Descargar
Descargar

Organismo Responsable

Agencia Gubernamental de Control - Dirección General de Habilitaciones y Permisos

Ubicación
Tte. Gral. Juan Domingo Perón 2941
Días de atención
Lunes a viernes
Horarios de atención
9 a 13.30 hs