Solicitud Permiso de Espectáculo musical en vivo
Los establecimientos habilitados e inscriptos en el Registro Público de Lugares Bailables en caso de querer realizar números musicales en vivo, deben solicitar previamente ante la Dirección General de Habilitaciones y Permisos, el otorgamiento de un Permiso de Espectáculo en vivo.
¿Cuáles son los requisitos?
- Este trámite puede realizarse a través de la Plataforma de Tramitación a Distancia (TAD)
- Contar con usuario y clave miBA nivel 2 o 3.
- Si tenés alguna duda sobre cómo crear tu cuenta o validar tu identidad, ingresá a Plataforma miBA.
- Conocé más sobre los niveles de seguridad de clave miBA.
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Cargar en el Sistema de Tramitación a Distancia (TAD) la siguiente documentación obligatoria:
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Formulario "Solicitud Permiso Especial - Número Musical": declaración jurada indicando, entre otras cosas: fecha y horario programados para el espectáculo; naturaleza y descripción del espectáculo; número de personas que ejecutarán el espectáculo; y nombre de la banda o persona que lo ejecuta.
- Constancia de la Nota presentada ante la Policía de la Ciudad, comunicando la realización del espectáculo.
- Inscripción en el Registro Público de Lugares Bailables vigente, ( cumplidos los requisitos exigidos para dicho registro como póliza de seguro, contratación de servicio de bomberos, certificado de reválida trimestral expedido por la Superintendencia de Bomberos, contratación y presencia de un servicio médico permanente de emergencias, constancia de libre deuda de infracciones extendida por autoridad competente).
Documentación Adicional
- Informe y encomienda de estructuras transitorias
- Cuando se materialicen estructuras transitorias no contempladas en la habilitación, se deberá presentar un informe técnico suscripto por profesional competente, con su encomienda profesional, que de cuenta que las estructuras a emplazar han sido ejecutadas en forma reglamentaria y que no representan peligro para el público o los bienes.
- Poder original o copia certificada
- En caso de apoderamiento, instrumento que acredita la condición de apoderado del firmante.
- Plano en escala detallado del espacio de uso (solo para estructuras transitorias)
- Sistema de Autoprotección, con el Plan de Evacuación actualizado.
- Material Complementario.
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Pasos para realizar el trámite
Realizá el trámite a través de la plataforma de Trámites a Distancia (TAD)
- Ingresá al Sistema de Tramitación a Distancia (TAD).
- Iniciá sesión con tu usuario y contraseña miBA.
- Seguí las indicaciones y cargá la información solicitada.
Costos
Gratis
Más información
Se entiende por espectáculo musical en vivo a todo evento en el que, quien conoce el arte de la música o lo ejerce –incluyendo, entre otros, a artistas, cantantes, músicos y/o bandas musicales–, ejecute sonidos de voz humana y/o de uno o varios instrumentos musicales, y/o actúe en playback en forma viva y directa.
- Otorgado el permiso especial previo, la Dirección General de Habilitaciones y Permisos girará las actuaciones a la Dirección General de Fiscalización y Control para su conocimiento quien, realizará la inspección previa de las instalaciones.
- En caso de que el interesado pretenda sumar una nueva actividad de forma constante en su establecimiento, deberá modificar el rubro del mismo.
- El interesado podrá solicitar, en una única presentación, permiso para la realización de un máximo de cuarenta y ocho (48) espectáculos a realizarse, dentro de los seis (6) meses siguientes a la fecha indicada para el primer evento, siempre y cuando las características de cada uno de los espectáculos programados, incluyendo el plano, no varíen.
Las consultas serán respondidas de manera online a través de nuestra Mesa de Atención Virtual, o en forma presencial.