Solicitud Permiso de Espectáculo musical en vivo
Última actualización:
Miércoles 10/01/2024 14:58hs
- Las consultas serán respondidas de manera online, a través de nuestra Mesa de Atención Virtual, o en forma presencial.
- Este trámite puede realizarse a través de la Plataforma de Tramitación a Distancia (TAD).
¿Cuáles son los requisitos?
- Contar con usuario y clave miBA nivel 2 o 3.
- Si tenés alguna duda sobre cómo crear tu cuenta o validar tu identidad, ingresá a Plataforma miBA.
- Conocé más sobre los niveles de seguridad de clave miBA.
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Cargar en el Sistema de Tramitación a Distancia (TAD) la siguiente documentación obligatoria:
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Formulario "Solicitud Permiso Especial - Número Musical"
- Constancia de la Nota presentada ante la Policía de la Ciudad, comunicando la realización del espectáculo.
Documentación Adicional
- Informe y encomienda de estructuras transitorias
- Cuando se materialicen estructuras transitorias no contempladas en la habilitación, se deberá presentar un informe técnico suscripto por profesional competente, con su encomienda profesional, que de cuenta que las estructuras a emplazar han sido ejecutadas en forma reglamentaria y que no representan peligro para el público o los bienes.
- Poder original o copia certificada
- En caso de apoderamiento, instrumento que acredita la condición de apoderado del firmante.
- Plano en escala detallado del espacio de uso (solo para estructuras transitorias)
- Sistema de Autoprotección
- Material Complementario.
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Pasos para realizar el trámite
Realizá el trámite a través de la plataforma de Trámites a Distancia (TAD)
- Ingresá al Sistema de Tramitación a Distancia (TAD).
- Iniciá sesión con tu usuario y contraseña miBA.
- Seguí las indicaciones y cargá la información solicitada.
Costos del trámite
Costos
Gratis
Más información
Se entiende por espectáculo musical en vivo a todo evento en el que, quien conoce el arte de la música o lo ejerce –incluyendo, entre otros, a artistas, cantantes, músicos y/o bandas musicales–, ejecute sonidos de voz humana y/o de uno o varios instrumentos musicales, y/o actúe en playback en forma viva y directa, excluyendo a los artistas cuya actividad tenga por finalidad acompañar o animar la actividad principal de café, bar o restaurante y no presente las características de recital.
- Otorgado el permiso especial previo, la Dirección General de Habilitaciones y Permisos girará las actuaciones a la Dirección General de Fiscalización y Control para su conocimiento quien, realizará la inspección previa de las instalaciones.
- En caso de que el interesado pretenda sumar una nueva actividad de forma constante en su establecimiento, deberá modificar el rubro del mismo.
- El interesado podrá solicitar, en una única presentación, permiso para la realización de un máximo de cuarenta y ocho (48) espectáculos a realizarse, dentro de los seis (6) meses siguientes a la fecha indicada para el primer evento, siempre y cuando las características de cada uno de los espectáculos programados, incluyendo el plano, no varíen.
Recordá que, si te desuscribiste de los mails del Gobierno de la Ciudad, no podrás recibir el mail de confirmación de citas, por lo que deberás comunicarte con el 147 para indicar un correo alternativo.
Descargas
Organismo Responsable
Agencia Gubernamental de Control - Dirección General de Habilitaciones y Permisos
Ubicación
Tte. Gral. Juan Domingo Perón 2941
Días de atención
Lunes a viernes
Horarios de atención
9 a 13.30 hs