Requisitos para iniciar el trámite
Documentación obligatoria
Informe de dominio.
Estado de situación actual (con relevamiento fotográfico).
Términos y condiciones.
Documentación adicional
Desgravaciones impositivas:
- Certificado de libre deuda ABL (con firma digital).
- De ser requerida otra documentación serás notificado.
Solicitudes de catalogación o recurso de consideración:
- Fundamentos recursivos presentados dentro del plazo establecido por Arts 107 y 111 de la Ley de Procedimientos de la Ciudad Dec N° 1510/GCABA/97 (texto ordenado por Ley 5.454).
- Copia del acto administrativo recurrido.
- Título de propiedad.
- Relevamiento fotográfico del inmueble y de la cuadra.
- De ser requerida otra documentación serás notificado.
Participantes y profesionales responsables
Obligatorios: propietario, inquilino o concesionario.
Opcionales: tercero autorizado o visualizador.
¿Quiénes pueden realizar el trámite?
Puede ser realizado por el propietario de la parcela, persona autorizada para actuar en su nombre, o el profesional actuante.
Debe acreditarse legítimo interés y o personería conforme a la ley de procedimientos administrativos.
Pasos para completar el trámite
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Ingresá a TAD
Hacé clic en "Iniciar trámite".
Accedé al Sistema de Tramitación a Distancia (TAD) con tu usuario y contraseña miBA.
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Generá tu expediente
Seguí las indicaciones de la plataforma.
Cargá la información solicitada para iniciar tu trámite.
Costos del trámite
Gratuito
Según la Ley Tarifaria vigente .
¿Qué obtengo como resultado de la consulta?
Una solicitud de catalogación de un inmueble es analizada por el Consejo Asesor de Asuntos Patrimoniales (CAAP) y, de acuerdo al voto de la mayoría, se emite una Nota CAAP donde consta el resultado de la votación por la inclusión o no del inmueble en Catálogo Preventivo, se notifica lo resuelto, y se eleva a la Subsecretaría de Gestión Urbana para que resuelva al respecto.
Una solicitud de recurso de reconsideración de un inmueble en estado de Catalogación Preventiva es analizada por el Consejo Asesor de Asuntos Patrimoniales (CAAP), y de acuerdo al voto de la mayoría, se emite una Nota CAAP donde consta el resultado de la votación ratificando o rectificando la inclusión del inmueble en Catálogo Preventivo, se notifica lo resuelto, y se eleva a la Subsecretaría de Gestión Urbana para que resuelva al respecto.
La Gerencia Operativa de Patrimonio Arquitectónico y Urbano realiza un Informe Técnico y la Dirección General de Interpretación Urbanística realiza una Disposición que deberá presentarse ante la Dirección General de Rentas (AGIP).
Más información
Por consultas, ingresá a BA Colaborativa.
Recordá que si te desuscribiste de los mails del GCBA no podrás recibir el mail de confirmación de citas, por lo que deberás comunicarte con el 147 para indicar un correo alternativo.
Iniciá el trámite y completá todos los pasos
Iniciar TrámiteOrganismo responsable
Subsecretaría de Gestión y Desarrollo Urbano
Ubicación
Días y horarios de atención
Lunes a viernes de 9.30 a 15.30 h