Solicitudes especiales para inmuebles en APH o catalogados

El presente trámite consiste en realizar solicitudes de catalogación, de desgravaciones impositivas y de recursos de reconsideración sobre inmuebles que se encuentran en Catálogo Preventivo ubicados estos en Áreas de Protección Histórica o inmuebles en Catálogo Preventivo ubicados en Áreas Generales. Este trámite puede ser realizado por el propietario de la parcela, o persona autorizada para actuar en su nombre, o el profesional actuante; debe acreditarse legítimo interés y o personería conforme a la ley de procedimientos administrativos.

Última actualización: Jueves 01/02/2024 16:01hs

Este trámite puede realizarse a través de la Plataforma TAD.

¿Cuáles son los requisitos?

Documentación adicional

  • Desgravaciones Impositivas

    • Certificado de Libre Deuda ABL (con firma digital en casos de desgravaciones impositivas)
    • De ser requerida otra documentación será notificado
  • Solicitudes de Catalogación o Recurso de Reconsideración

    • Fundamentos Recursivos presentados dentro del plazo establecido por Arts 107 y 111 de la Ley de Procedimientos de la Ciudad Dec N° 1510/GCABA/97 (texto ordenado por Ley 5.454)
    • Copia del acto administrativo recurrido
    • Título de Propiedad
    • Relevamiento fotográfico del inmueble y de la cuadra
    • De ser requerida otra documentación será notificado

¿Qué obtengo como resultado de la consulta y tramitación?

  • Solicitud de Catalogación

    • Una solicitud de Catalogación de un inmueble es analizada por el Consejo Asesor de Asuntos Patrimoniales (CAAP) y, de acuerdo al voto de la mayoría, se emite una Nota CAAP donde consta el resultado de la votación por la inclusión o no del inmueble en Catálogo Preventivo, se notifica lo resuelto, y se eleva a la Subsecretaría de Gestión Urbana para que resuelva al respecto.
  • Solicitud de Recurso de Reconsideración

    • Una solicitud de Recurso de Reconsideración de un inmueble en estado de Catalogación Preventiva es analizada por el Consejo Asesor de Asuntos Patrimoniales (CAAP), y de acuerdo al voto de la mayoría, se emite una Nota CAAP donde consta el resultado de la votación ratificando o rectificando la inclusión del inmueble en Catálogo Preventivo, se notifica lo resuelto, y se eleva a la Subsecretaría de Gestión Urbana para que resuelva al respecto.
  • Desgravación Impositiva

    • La Gerencia Operativa de Patrimonio Arquitectónico y Urbano realiza un Informe Técnico y la Dirección General de Interpretación Urbanística realiza una Disposición que deberá presentarse ante la Dirección General de Rentas (AGIP).

Participantes y Profesionales responsables

Obligatorios

  • Propietario, inquilino o concesionario

Opcionales

  • Tercero autorizado
  • Visualizador

Pasos para realizar el trámite

Cargá la documentación en Trámites a Distancia (TAD) .

  • Ingresá a la plataforma de Tramitación a Distancia (TAD)
  • Iniciá sesión con tu usuario y contraseña miBA.
  • Seguí los pasos indicados por el sistema y cargá la documentación solicitada.

Más info

  • Por consultas, ingresá aquí

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Organismo Responsable

Jefatura de Gabinete - Subsecretaría de Gestión Urbana - Dirección General de Interpretación Urbanística

Ubicación
Av. Martín García 346