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Unión Civil Convivencial

Permite inscribir en un acta de Registro Civil la unión de dos personas que conviven en una relación afectiva y estable. La registración tiene fines probatorios y se podrá presentar ante distintos organismos (obra social, etc.).

Modalidad: Online Presencial

Requisitos para iniciar el trámite

Requisitos obligatorios

  • Los convivientes deben ser mayores de edad y al menos uno de ellos debe tener DNI con domicilio registrado en CABA.

  • Convivencia previa de un período no inferior a dos años, excepto que tengan hijos en común, cuya prueba será la partida de nacimiento original y actualizada de los hijos.

  • Ser soltero, viudo o divorciado. Si alguno o ambos convivientes no fueran solteros, deberán acreditar su estado civil con las partidas correspondientes (partida de matrimonio con marginal de divorcio o partida de defunción y de matrimonio expedida con fecha posterior a la defunción).

  • Dos (2) testigos del acto, mayores de edad, con domicilio registrado en su DNI en la República Argentina. No pueden ser familiares directos (por consanguinidad o afinidad) de los solicitantes. Los testigos darán fe sobre la antigüedad de la convivencia y la habilidad de los convivientes.

  • Si alguno de los convivientes está casado y divorciado en el extranjero, antes de solicitar el turno para la Unión Civil Convivencial, debe realizar el trámite de Autorización para Concretar Matrimonio o Unión Convivencial en la Ciudad, de Ciudadanos Casados y Divorciados en el Extranjero

Documentación obligatoria

  • DNI de los convivientes (frente y dorso en un mismo archivo).

  • DNI de los testigos (frente y dorso en un mismo archivo).

  • Declaración jurada de los convivientes (descargar completar, firmar por ambos contrayentes y subir).

  • Declaración jurada de cada testigo (descargar, completar, firmar una por cada testigo y subir).

  • Partidas que acrediten el estado civil, en caso de no ser solteros.

Documentación opcional

  • Pacto de convivencia certificado por autoridad competente.

Pasos para completar el trámite

  • Ingresá a TAD y generá tu expediente

    Si querés tramitar la unión civil convivencial con audiencia presencial: accedé al Sistema de Tramitación a Distancia (TAD) con tu usuario y contraseña miBA.

     

    Si querés tramitar la unión civil convivencial con audiencia online: accedé al Sistema de Tramitación a Distancia (TAD) con tu usuario y contraseña miBA.

    •  

    Hacé clic en "Iniciar trámite" y completá todos los pasos hasta generar el expediente.

  • Solicitá el turno para el trámite

    Una vez generado el expediente, redirigite a la turnera y sacá el turno para la audiencia online o presencial, según el trámite que hayas elegido.

     

    Si no sacás el turno luego de haber generado el expediente, podés sacarlo dirigiéndote a "Mis trámites" y luego a "Trámites en curso".

    En caso de que no puedas asistir o desees cancelar tu turno, podés hacerlo desde tu casilla de correo electrónico ingresando al mail de confirmación de turno y seleccionando la opción "Cancelar turno".

  • El día y hora del turno

    Si la audiencia es virtual, ingresá al link recibido en el mail de confirmación de turno. Recordá compartirlo con tu conviviente y tus testigos. Exhibí tu DNI, junto con el de todos los participantes, para acreditar identidad.

     

    Si concurren en forma presencial, los convivientes y testigos deberán presentar con sus DNI y la documentación original que hayan cargado. Respondé las preguntas que el oficial público realice para completar el proceso. 

  • Obtené el acta de audiencia

    Online: dentro de las 24 h, el acta estará disponible para descargar desde TAD en la sección "Mis notificaciones".

     

    Presencial: el acta se entregará al finalizar la audiencia.

Costos del trámite

Gratuito

Más información

Esta registración tiene fines probatorios, y podrá ser presentada antes distintos organismos cada vez que sea requerida para probar la existencia de la convivencia, posibilitando solicitar la incorporación de tu pareja a la obra social, solicitar vacaciones en el mismo período u obtener licencias por enfermedad del conviviente, pedir créditos bancarios conjuntos o recibir una pensión, entre otros.

Los interesados pueden inscribir los pactos que hayan suscripto entre ellos si los han realizado ante la autoridad competente. Estos pactos podrán ser modificados o rescindidos con acuerdo de ambos convivientes.

No pueden ser menores de edad, ni parientes en línea recta en todos los grados, ni colateral hasta el segundo grado, ni tener vínculo de afinidad en línea recta. No deben tener impedimento de ligamen ni estar registrada con otra Unión Civil Convivencial de manera simultánea.

Para más información sobre Unión Civil Convivencial, podés consultar el Código Civil y Comercial.

Recordá que si te desuscribiste de los mails del GCBA no podrás recibir el mail de confirmación de citas, por lo que deberás comunicarte con el 147 para indicar un correo alternativo.

Iniciá el trámite y completá todos los pasos

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