Habilitación de establecimientos de salud

Consultá los requisitos para habilitar centros de salud en la Ciudad de Buenos Aires.

Compartir en redes

La Dirección General de Habilitaciones y Permisos es la encargada de otorgar las habilitaciones correspondientes a los locales comerciales, servicios e industrias de la Ciudad de acuerdo a la normativa vigente.

Las habilitaciones en salud comprenden a todas las actividades de la sanidad.

Requisitos generales para tener en cuenta a la hora de habilitar un establecimiento de salud

De acuerdo al Código de Planeamiento Urbano (CPU, el Cuadro de Usos 5.2.1 a) equipamiento C) Establecimiento de sanidad): Actividades que incluyen la salud humana y animal (ej. Consultorio Veterinario).

Los rubros incluidos en el Cuadro de Usos, en relación a la salud humana, hace referencia a normativa del Ministerio de Salud de la Nación.

Rubros

  • Consultorio
  • Centro
  • Servicio Médico y/u Odontológico de Urgencia
  • Servicios de Traslados Sanitarios
  • Institutos
  • Clínicas
  • Sanatorio (Art 2,1,8 CHV)
  • Maternidad
  • Hospital

Las actividades enumeradas, entre toda la documentación solicitada para iniciar el trámite de habilitación comercial el profesional debe incorporar el plano de permisos de uso.

¿Qué verificamos en los planos?

Las actividades no están contempladas en el Código de Edificación.

Este menciona los siguientes aspectos generales:

Salas individuales de internación:

  • Lado min. 2,50m
  • Superficie min. 7,50m2.
  • Altura libre min 3,00 en PB
  • Altura libre min 2,70 en pisos altos

Normativa:

CABA- Ley 962 – Accesibilidad Física

Resolución 2385/1980 MSN en lo que respecta a las exigencias de la planta física (arquitectura).

Para tener en cuenta:

  • No están orientadas a una población en particular.
  • Pueden tener una especialidad medicinal.
  • Estas modalidades no contemplan salud mental ni discapacidad

Si se solicita consultorio profesional

  • Hasta (3) consultorios.
  • Locales obligatorios según modalidad.
  • Salas de espera conformada, (superficie mínima 9m2 (consultorios), excluida la circulación, recepción etc.
  • Sanitarios para público con acceso de sala de espera.

Para tener en cuenta:

Si se solicita consultorio profesional y posee más de tres (3) consultorios, aclarar que no posee “dirección técnica responsable” en toda la documentación, caso contrario se trata de un centro médico.

Centros médicos

Locales obligatorios según modalidad

  • Mínimo 4 (cuatro) consultorios.
  • Salas de espera conformada, (superficie mínima 9m2 (consultorios) / 12 m2 (centros), excluida la circulación, recepción etc.)
  • Sanitarios para público con acceso de sala de espera.
  • Sanitarios para profesionales en centros (según la cantidad de personal declarado).

Laboratorios de análisis clínicos

Res 2385/80 MSN

  • Sala de espera 9 m2
  • Sanitario con acceso de sala de espera
  • Local laboratorio
  • Boxes de extracción

Laboratorios de estudios radiológicos

Para uso médico, odontológico, veterinario:

  • Planos con cálculo de blindaje estructural aprobados por Radiofísica Sanitaria.
  • Equipos de Resonancia Magnética (Planos de estudio de seguridad por campos Electromagnéticos, aprobados por Radiofísica Sanitaria.)

Vacunatorios

Resolución 67/95 MS

  • Acceso directo desde vía pública
  • Sala de espera min 9m2
  • Sanitarios publico/personal
  • Local vacunatorio min 7,50 m2

Centros de vacunación en establecimientos sanitarios

Resolución 67/95 MS

  • Sala de espera compartida

Establecimientos de reproducción médicamente asistida

Consultorio Profesional

  • Sala de espera
  • Sanitarios publico
  • Sanitario paciente con acceso desde consultorio
  • Local Sala de obtención de muestras
  • Laboratorios

Centro Medico

  • Consultorios 4
  • Sala de espera
  • Sanitarios publico
  • Sanitario paciente con acceso desde consultorio
  • Local sala de obtención de muestras
  • Laboratorios

Centro Medico de Alta Complejidad

  • Área quirúrgica
  • Laboratorios
  • Bancos de semen/gametos/ovocitos
  • Grupo electrógeno

Quirófanos

  • Cirugía ambulatoria Resolución 1712/2005 MS
  • Anexos a consultorio, centro médico u odontológico, institutos
  • Sin internación
  • Con recuperación hasta seis (6) horas

Quirófano único anexo a consultorio

  • Superficie min. 9m2
  • Sistema de luz eléctrica de emergencia
  • Sala de recuperación
  • Vestuario Personal
  • Sanitario para Personal

Sala de recuperación

  • Adyacente a quirófano
  • Superficie min 9m2
  • Con acceso directo a sanitario

Quirófano en Centro Médico

  • Área quirúrgica
  • Circulación restringida
  • Superficie min 9m2
  • Área de lavado
  • Sala de recuperación con baño
  • Vestuario personal
  • Sistema de luz eléctrica de emergencia

Cirugía ambulatoria mayor:

  • Área quirúrgica
  • Áreas complementarias
  • Áreas generales

Área quirúrgica

  • Circulación restringida
  • Quirófano superficie min 12 m2
  • Área de lavado
  • Sistema de energía eléctrica de emergencia

Áreas complementarias

  • Sala de recuperación y preanestesia superficie min 12 m2
  • Baño

Áreas generales

  • Consultorios, superficie min 7,50m2
  • Sala de espera min 12 m2
  • Baño publico
  • Recepción pacientes
  • Baño y vestuario personal

Salud mental

¿Qué verificamos en los planos?

Drogadependencia

Salud y Salud Mental debe tener habilitación provisoria emitida por la Direccion Nacional de Registro, Fiscalización y Sanidad de fronteras. Ministerio de Salud.

Discapacidad

Organización y Funcionamiento de Prestaciones y Establecimientos de atención a Personas con Discapacidad

Se asimilaron los usos definidos por la Normativa Nacional a los rubros listados en el cuadro de usos- CPU. La asimilación es al solo efecto de dar cumplimiento a los indicadores urbanísticos.

Normativa

Resolución N° 424/SSPLAN/2010

Disposición N° 9870/DGHP/2010

Resolución N° 911/SSPLAN/2011

Resolución N° 100/AGC/2013 (página numero 41)

Nomenclador Discapacidad

Código Descripción
700600 Centro de día - Asimilado según Resolución Nº 424/SSPLAN/2010
700601 Centro de día para personas con discapacidad visual - Asimilado según Resolución Nº 424/SSPLAN/2010
700602 Centro de día para personas con discapacidad visual, intelectual, motriz - Asimilado según Resolución Nº 911/SSPLAN/2011
700610 Centro educativo terapéutico - Asimilado según Resoluciones Nº 424/SSPLAN/2010 y 911/SSPLAN/2011
700622 Pequeño hogar - Asimilado según Resolución Nº 424/SSPLAN/2010
700620 Residencia - Asimilada según Resolución Nº 911/SSPLAN/2011
700621 Hogar - Asimilado según Resolución Nº 911/SSPLAN/2011 (personas mayores)
700623 Hogar - Asimilado según Resolución Nº 424/SSPLAN/2010
  • Deben cumplir con Resolución 1328/2006 MS
  • Inscripción en el Registro Nacional del Sistema Único de Prestaciones Básicas del Servicio Nacional de Rehabilitación

No se solicita presentar habilitación provisoria del Ministerio de Salud.

Seguridad Edilicia

Resolución 1328/2006 MS

  • Protección de vacíos
  • Puertas de protección en arranque superior e inferior de escaleras
  • Terminaciones no aceptadas: madera/telgopor/plásticos/alfombras
  • Puerta acceso/egreso apertura sentido evacuación
  • Detectores de humo/temperatura y fuga de gas (Superficie > 300 m2 con terminal en una central receptora, Superficie < 300 m2 artefactos a batería)
  • Modalidad HOGAR: Grupo Electrógeno
    • Superficie >=1500 m2, según art 4.12 CE (Reserva de Incendio)
    • Superficie >= 500m2, cañería seca
    • Superficie >= 500m2, Plano Conforme a Obra de Condiciones Contra Incendio
  • Baños: Puertas deben abrir hacia fuera o corredizas
  • No se admite piso de madera con cámara de aire
  • No se admiten escaleras de madera

Para todas las modalidades

  • Área descubierta
  • Vestuario y baño para personal
  • Cocina
  • Comedor

Dibujo de Planos de Habilitación

Se confeccionarán siguiendo los criterios de los pormenores técnicos imprescindibles para planos de edificación.

Pormenores técnicos imprescindibles

  • Todos los locales acotados
  • Todos los pasos acotados
  • Graficar todas las puertas y sentido de apertura
  • Sanitarios para discapacitados detalle esc. 1:20
  • Graficar cotas de nivel respecto de vereda/rampas, etc.
  • Si algunos de los rubros posee restricción de superficie incluir balance de superficies
  • Debe constar la planta baja del inmueble, indicando accesos
  • Coincidencia entre destinos en plantas y planilla de Iluminación y Ventilación

Descargá la normativa

Descargar
Descargar
Descargar
Descargar