Octubre 2017
Año 5 - Número 51
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19 de octubre de 2017: Colación de las Carreras de Estado de la Procuración General de la Ciudad
Hace apenas cinco años, el 24 de noviembre de 2013, el entonces Jefe de Gobierno, Ingeniero M. Macri, actual Presidente de la Nación, inauguraba en un importante acto realizado en el Teatro Presidente Alvear, los programas de las Carreras de Estado de Abogacía Pública que ejecuta la Dirección General de Información Jurídica y Extensión (DGIJE). La capacitación específica en abogacía estatal que brinda la Procuración General a través de la DGIJE, se inscribe en el ámbito de las competencias que emanan del art. 134, primer párrafo, de la CCABA.
La representación en juicio de la Ciudad, la defensa de su patrimonio juntamente con el control de legalidad son atribuciones constitucionales de la Procuración General. En función de tales cometidos, consagrados en la Constitución de la Ciudad, la facultad de perfilar capacitaciones específicas que ofrecen una visión sistemática de las materias propias de la abogacía estatal, modulada según las necesidades del servicio, se presenta como una atribución propia, exclusiva e indelegable de la Procuración General. En ese orden, las especializaciones, diplomaturas, seminarios y congresos, que año tras año organiza la DGIJE, son medios adecuados destinados a cumplir las misiones, fines y funciones que establece el art. 134, primer párrafo, CCABA.
Ciertamente, la complejidad dogmática y práctica que exhibe el derecho público contemporáneo, por momentos desconcertante aun para especialistas, exige una formación “singular” para la abogacía estatal.
Hasta el presente no existe universidad, pública o privada, que esté orientada a capacitar a los abogados del estado en la defensa de los intereses públicos. De otra parte, no es función de las universidades la enseñanza de la adecuada defensa de los intereses estatales.
En efecto; estas no tienen como cometido competencial primordial la protección del interés estatal; su misión se vincula a la adquisición del conocimiento profesional certificado y exhibe por ende, un diferente objeto formal y una teleología propia.
Tampoco la mencionada complejidad puede ser proporcionada por instituciones ajenas a la praxis jurídica pública.
Porque la abogacía estatal es experiencia directa y genera sus propias reglas, su propio conocimiento científico (no ideológico).
Defender al Estado supone conocer la sustancia, estructura y organización de la institución representada, entender su envergadura política. Ello requiere de conocimientos científicos teóricos, y por cierto de nociones empíricas, que suponen la familiaridad e inmediación profesional con las cuestiones jurídicas vinculadas.
Por eso, las Carreras de Estado de la PG CABA que desarrollan los contenidos de las distintas áreas de la abogacía pública exceden lo que puede configurar una capacitación de recursos humanos.
Trasuntan un plus que está signado por la experiencia de la actuación jurídica concreta, hic et nunc, que debe acompañar el proceso formativo y retroalimentarlo. Y constituyen un imperativo del buen ejercicio de la gestión y defensa jurídica del Estado.
Las estrategias procedimentales y procesales de la gestión y defensa del interés público a cargo del Estado son absolutamente dinámicas y deben ser adaptadas permanentemente a la evolución de la conciencia jurídica y a la interpretación actualizada de la Constitución y de las normas inferiores.
De tal suerte, la aludida defensa solo puede ser liderada estratégica y sustantivamente por quien titulariza la función del Órgano de contralor de la legalidad, esto es, por el Procurador General de la Ciudad, responsable máximo y último de la adecuada protección jurídica de los intereses estatales, dentro del marco de sus incumbencias.
El próximo jueves 19 de octubre, las referidas Carreras de Estado de la Abogacía Pública tendrán una tercera colación.
¡Bienvenida la cosecha y que sus frutos sean abundantes!