Evaluar los estudios de impacto ambiental y ejecutar los procedimientos técnicos administrativos en el marco de la Ley Nº 123 y sus normas reglamentarias.
Proponer la categorización que a su criterio corresponda en los términos de la Ley Nº 123.
Otorgar el Certificado de Aptitud Ambiental en el caso de aquellas actividades que resulten sin Relevante Efecto de conformidad con la normativa vigente.
Velar por el cumplimiento de la Ley de Contaminación Atmosférica (Ley Nº 1.356).
Velar por la observancia de la Ley de Contaminación Acústica (Ley Nº 1.540).
Velar por la observancia de la Ley de Residuos Patogénicos (Ley Nº 154).
Velar por el cumplimiento de la Ley de Residuos Peligrosos (Ley Nº 2.214).
Velar por el cumplimiento de la Ley de Regulación, Control y Gestión de Aceites Vegetales Usados (Ley N° 1.884).
Velar por la observancia de la Ley de Regulación del proceso de limpieza a seco en tintorerías (Ley Nº 1.727).
Velar por el cumplimiento de la Ley que establece el régimen de control de los PCBs (Ley Nº 760) y por el acatamiento de cualquier otra normativa ambiental.
Llevar adelante los registros que en materia de ambiente establezca la normativa.
Ejecutar el programa Buenos Aires Produce Más Limpio.
Coordinar las Comisiones que funcionan en el marco del Consejo Asesor Permanente creado por la Ley Nº 123.