La normativa tiene como finalidad la defensa, mejora continua, protección y ordenamiento del arbolado, como también la fijación de requisitos y condiciones a los que se debe ajustar la plantación, conservación, erradicación o reimplantación del arbolado urbano en la Ciudad.
Ley de Arbolado Público Urbano
La Ley 3263/2009 tiene por objeto proteger e incrementar el Arbolado Público Urbano, implementando los requisitos técnicos y administrativos a los que se ajustarán las tareas de intervención sobre los mismos.
Sentó las bases para la creación del Plan Maestro de Arbolado Público de la Ciudad de Buenos Aires y creó el Registro de Árboles Históricos y Notables de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Asimismo, ordenó que el gobierno tenga una política de difusión, sensibilización y promoción de la educación ambiental.
Plan Maestro para el Arbolado Público Lineal
Este proyecto fue presentado en 2013 por el Ministerio de Ambiente y Espacio Público y tiene como finalidad establecer las políticas, objetivos, estrategias, directrices, criterios y procedimientos necesarios para asegurar la sustentabilidad del arbolado público de la Ciudad, la utilización y el usufructo de los beneficios ambientales y sociales de su correcta gestión, la protección y seguridad ambiental de las poblaciones involucradas y la valorización de su patrimonio florístico y paisajístico, así como su contribución a la jerarquización del contexto urbanístico del cual es parte.
Aquellos árboles que crecen en las veredas porteñas son conocidos, en conjunto, como Arbolado Público Lineal o Viario y se espera que, a través de la ejecución del Plan Maestro de Arbolado, se puedan sumar árboles nuevos en lugares donde antes no había y mejorar el estado fitosanitario de los ejemplares existentes y así mejorar la calidad de vida de los habitantes de la Ciudad.