Nueva normativa de presentismo en el nivel secundario

Una actualización que establece límites claros, busca que los chicos estén todos los días en la escuela, recuperen el tiempo de aprendizaje y cuenten con un acompañamiento temprano cuando aparecen las inasistencias.

Compartir en redes

La Ciudad de Buenos Aires actualiza la normativa de presentismo en el nivel secundario a partir de un diagnóstico claro: el ausentismo escolar es alto y tiene un impacto directo en los aprendizajes y en las trayectorias  escolares.

En 2025, la tasa de ausentismo en secundaria alcanzó el 19,6 %. La evidencia muestra que, a mayor cantidad de inasistencias, peores resultados académicos y mayor riesgo de abandono escolar.

Principales cambios de la normativa

  • Nuevo límite anual: se pasa de 25 faltas totales a 20 faltas injustificadas en todo el año.
  • Nuevo criterio por bimestre: se establece un umbral claro de 5 inasistencias injustificadas por bimestre, en lugar del porcentaje de asistencia.
  • Seguimiento temprano: a partir de la segunda inasistencia se activan instancias de comunicación y acompañamiento.
  • Consecuencias académicas claras: cuando se pierde la regularidad, el estudiante debe recuperar el tiempo de aprendizaje en las instancias correspondientes (invierno o diciembre-febrero).
  • Criterios: se eliminan excepciones y se considera únicamente la cantidad de faltas injustificadas.

Nivel Secundario

Descargar
Descargar

Secundaria Aprende

Descargar
Descargar

Preguntas frecuentes

La nueva normativa busca centrarse exclusivamente en las inasistencias injustificadas en tanto estas dependen directamente del compromiso del estudiante y su familia.
En la actualidad, de acuerdo a registros de la plataforma AprendeBA, solo 1 de cada 10 ausencias son justificadas.

Sí. Para que haya aprendizaje sostenido es necesario asistir regularmente, porque en la escuela no solo se aprenden contenidos: también se construyen vínculos y se desarrollan habilidades fundamentales para el futuro.
Por eso, cuando un estudiante no cumple con las condiciones de asistencia, debe recuperar ese tiempo de aprendizaje en el período diciembre-febrero. En esta instancia, los docentes tendrán en cuenta la trayectoria vital y académica del estudiante en el diseño de los instrumentos de recuperación del tiempo de aprendizaje y acreditación de espacios curriculares.

La nueva normativa no afecta la renovación de planes sociales y subsidios ya que estos se rigen por sus propias normativas.

La actualización de normativa responde a la elevada tasa de ausentismo en el nivel secundario que registra la Ciudad. 
En las distintas consultas realizadas a supervisores, directivos y estudiantes, la flexibilidad y poca claridad en los límites y consecuencias al ausentismo, surgieron como problemáticas para traccionar el presentismo desde las escuelas.
En ese contexto es que decidimos especificar los límites de faltas, dejando de lado mediciones porcentuales, e incorporar consecuencias académicas claras orientadas a la recuperación de tiempo de aprendizaje.
De todas formas, al considerar el ausentismo como un fenómeno multicausal, la actualización de normativa es solo una de las políticas implementadas. Se prevé, entre otras,  la implementación de incentivos a las escuelas con mejoras en sus tasas de presentismo.

No. Hay diferencias sutiles entre las escuelas que forman parte de Secundaria Aprende y las que no. Esto se debe a que la unidad de calificación en Secundaria Aprende es bimestral, mientras que en la Secundaria Tradicional es cuatrimestral. Por eso, para que haya consecuencias académicas en Secundaria Aprende, el estudiante debe ser no regular en dos bimestres consecutivos. En cambio, en la Secundaria Tradicional debe ser no regular al finalizar un cuatrimestre, es decir, en el 2.º o 4.º bimestre.

En primer lugar, actualizamos la normativa de nivel secundario porque detectamos un alto nivel de ausentismo. Según los datos del 2024 la tasa de ausentismo alcanza el 20,1%, lo que equivale en promedio a 36 faltas sobre el total de días efectivos de clase. 
Además, el ausentismo tiene consecuencias graves, como el impacto en el rendimiento académico de los estudiantes. Ya que, al comparar escuelas con características socioeconómicas similares en las evaluaciones TESBA, se observa que aquellas instituciones con mayor inasistencia promedio obtuvieron puntajes más bajos en Lengua y Matemática.
A su vez, el ausentismo se encuentra altamente ligado al abandono, en tanto posible resultado final de un proceso acumulado de desencuentros con la escuela. Cuanto mayor la falta de solidez de la trayectoria y el nivel de desvinculación de la escuela -y lo que en ella sucede-, es mayor la posibilidad de que se concrete el abandono.

Si un estudiante supera las 5 faltas injustificadas en un bimestre, pierde su condición de regular y, en el boletín, visualizará “No Regular” en todos los espacios curriculares.
En términos de consecuencias académicas, si el estudiante es no regular al bimestre siguiente (Secundaria Aprende) o al finalizar el cuatrimestre (Secundaria Tradicional), deberá asistir a la totalidad del período de diciembre-febrero a fin de recuperar el tiempo de aprendizaje y así acreditar los contenidos abordados en el período.

Depende del cuatrimestre en que ocurra:

  • Primer cuatrimestre: no podrá visualizar las calificaciones del cuatrimestre y debe participar  del dispositivo de acompañamiento de invierno para recuperar la regularidad y fortalecer los contenidos abordados en el período. Si vuelve a ausentarse injustificadamente en el segundo cuatrimestre, debe recuperar el tiempo de aprendizaje y acreditar esos contenidos en la totalidad del período diciembre-febrero.
  • Segundo cuatrimestre: no podrá visualizar las calificaciones del cuatrimestre y debe recuperar el tiempo de aprendizaje y acreditar los contenidos del segundo cuatrimestre en la totalidad del período diciembre-febrero.

No. Sin perjuicio de la condición de regularidad y en función del principio de avance continuo, el progreso de cada estudiante se verificará en función de los logros que vaya alcanzando en el proceso de aprendizaje de cada espacio curricular. La condición de “No Regular” no implica una interrupción del proceso formativo, sino que coexiste con el desarrollo progresivo de los aprendizajes, los cuales se reconocen a medida que los saberes en proceso se consolidan. 
La no regularidad del estudiante indicará la pérdida de tiempo de aprendizaje y, en consecuencia, la necesidad de profundización de contenidos, la cual se realizará en el período de diciembre-febrero.

Las faltas justificadas deben encuadrarse, en primera instancia, dentro de las causales previstas en el Reglamento Escolar. Además, la familia o los adultos responsables deben presentar la documentación correspondiente para que la inasistencia pueda ser debidamente justificada.
A su vez, ante toda inasistencia del estudiante, independientemente de su justificación, el equipo docente, en articulación con la conducción, deberá diseñar instancias de recuperación que garanticen la apropiación de los contenidos abordados durante dicho período.

En todos los niveles y modalidades, se considerarán inasistencias justificadas aquellas que se produzcan por las siguientes causales:

  • Enfermedades de corto o largo tratamiento.
  • Participación de estudiantes federados, deportistas de alto rendimiento o artistas de alta dedicación.
  • Participación de estudiantes que representen a la institución educativa en certámenes, competencias, muestras académicas u otras actividades similares.
  • Inasistencias motivadas por la celebración de las máximas festividades religiosas de cada credo, conforme a lo establecido en la Agenda Educativa.
  • Fallecimiento de un familiar.
  • Matrimonio de los adultos responsables.
  • Mudanza del grupo familiar.
  • En el caso de alumnas madres, estudiantes embarazadas o alumnos en condición de paternidad, se aplicará el Régimen Especial de Inasistencias Justificadas.

Para que la inasistencia sea justificada, deberán presentarse los certificados o documentación correspondiente, de acuerdo con lo establecido en el Reglamento Escolar vigente.

En todos los casos, el equipo directivo deberá dejar constancia de la inasistencia justificada en los registros correspondientes y garantizar que el estudiante pueda acceder a los contenidos nodales trabajados durante su ausencia y/o a instancias de acompañamiento y apoyo a su trayectoria escolar.