3 - Ley N° 1.777 - Ley Orgánica de Comunas

Conocé la Ley 1.777, que define las 15 Comunas de la Ciudad y regula su gobierno y participación ciudadana.

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La Ley 1.777 "Ley Orgánica De Comunas", sancionada en 2005 delimita las 15 Comunas de la Ciudad. 

Entre las competencias exclusivas de las mismas, se encuentran la planificación, ejecución y control de los trabajos de mantenimiento de las vías secundarias y los espacios verdes y la elaboración participativa de su presupuesto y su ejecución. 

Cada Comuna tiene un órgano de Gobierno colegiado de 7 miembros elegidos por votación popular, por 4 años. El Presidente de la Junta es quien haya obtenido la mayor cantidad de votos en los comicios. 

Por otro lado, cada una cuenta con un Consejo Consultivo integrado por representantes de entidades vecinales no gubernamentales, partidos políticos, redes, otras formas de organización social y personas con intereses o actuación en el ámbito territorial de la Comuna. Las funciones del Consejo Consultivo Comunal son: Participar del proceso de elaboración del Programa de Acción Anual y Anteproyecto de Presupuesto de la Comuna, efectuar el seguimiento y evaluar la gestión Comunal y presentar iniciativas a la Junta.