Preguntas frecuentes

Si necesitás una respuesta inmediata sobre los requisitos e inscripción en el Sistema de Clasificación Docente, acá encontrarás información sobre las cuestiones más consultadas.

Compartir en redes

Preguntas Frecuentes Quiero Ser Docente

Según el estatuto docente, la oferta educativa se divide en 10 áreas:

  • Educación Inicial
  • Educación Primaria
  • Educación Especial
  • Educación del Adulto y Adolescente
  • Educación Media
  • Técnica
  • Educación Superior
  • Educación Artística
  • Área Curricular de Materias Especiales
  • Área de Servicios Profesionales
  • Área de Programas Socioeducativos

A su vez, cada área puede estar compuesta por distintos niveles (Inicial, primario, medio y terciario), tipos de escuelas y cargos.

Según el estatuto, un/a docente es quien imparte, guía, supervisa, orienta y asiste técnica y profesionalmente a la educación, así como a quien colabora directamente en esas funciones. Las funciones pueden ser las siguientes:

  • Maestros/as
  • Profesores
  • Preceptores
  • Secretarios/as
  • Directivos/as
  • Supervisores
  • Equipos profesionales

Cada docente puede estar en las siguientes condiciones:

  • Activa: corresponde al personal que se encuentra en plenas funciones; que esté haciendo uso de licencia o disponibilidad (ambos con goce de sueldo); con licencia gremial; o bien en comisión de servicios (siempre que cumpla con tareas directamente vinculadas a la educación).
  • Pasiva: corresponde al personal en uso de licencia o en disponibilidad (ambos sin goce de sueldo); que cumpla funciones auxiliares al perder su condición activa; en comisión de servicio (desempeñando tareas no vinculadas directamente a la educación); o bien al personal suspendido en virtud de sumario administrativo o proceso judicial.
  • En retiro: corresponde al personal jubilado.

Por su parte, cada cargo puede tener una situación de revista distinta:

  • Titular: el docente es designado en forma definitiva en un cargo.
  • Interino: el docente es designado en forma transitoria en un cargo.
  • Suplente: el docente es designado solamente para cubrir una ausencia en un cargo.

Con distinciones de acuerdo a cada área de la educación, el docente accede a un cargo por 3 vías:

  • Acto público de interinatos y/o suplencias: el docente debe inscribirse (hasta el 30 de abril del año anterior al que se desea trabajar) para formar parte de un listado de "interinatos y/o suplencias" del área que le corresponda. Luego ese listado se utiliza en los actos públicos para designar vacantes.
  • Concursos de "ingreso": se denomina así a la titularización de un cargo, la cual se realiza mediante un concurso de ingreso por títulos y antecedentes.
  • Mediante propuesta (Art. 66L del estatuto docente): en el momento que se hizo un pedido de cobertura y no hubo aspirantes en el acto público, la Dirección de cada escuela puede elegir a un docente ajeno al sistema, siempre y cuando haya intervenido la CoReAP y resulte idóneo para el cargo.

Existen tres opciones de ascenso:

  • Como titular
  • Como interino
  • Como suplente

Para cualquiera de estas 3 opciones, tenés que anotarte en el listado de titulares mediante el Sistema de Clasificación Docente.

Si querés acceder como titular, debés hacerlo dentro del escalafón en que te encuentres como docente, y atravesar dos instancias:

  • Un curso de capacitación en escuela de maestros.
  • Un concurso que constará de una prueba escrita y una oral.

El ascenso a cargos de mayor jerarquía, se hace dentro del escalafón en que se encuentra cada docente. Se realiza mediante un concurso de antecedentes y oposiciones (oral y escrito). Los requisitos para presentarse son los siguientes:

  • Tener una antigüedad mínima de 3 años como titular o 7 años en el cargo precedente.
  • Tener un concepto no inferior a “Muy bueno” en los últimos 3 (tres) años en que haya sido calificado en el cargo en que revista como titular o en cargos jerárquicos superiores a éste.
  • Poseer los títulos docentes, habilitantes o supletorios, exigidos para cada área de la educación.
  • No registrar, en los últimos CINCO (5) años de su actuación docente, ninguna de las sanciones disciplinarias señaladas en los incisos ch), d) y e) del artículo 36 del Estatuto Docente
  • Reunir las condiciones que, en la parte especial, se señalan para cada área de la educación.
  • No hallarse en condiciones de obtener la jubilación ordinaria en su máximo porcentaje.
  • No encontrarse en período de permanencia.
    www.buenosaires.gob.ar/educacion/docentes/estatuto-del-docente
  • Aprobar los cursos correspondientes.

Luego se realiza un listado de mérito, acorde a los antecedentes presentados y a la calificación de los cursos de ascenso.

 

En caso de que quieras ascender como interino o suplente, debes participar de un acto público y cumplir con los mismos requisitos enunciados precedentemente. No es necesario que atravieses por un curso de capacitación y un concurso. El acceso a los cargos en estos casos es mediante tu puntaje docente (tus antecedentes).

El Ingreso a la Docencia ocurre cuando el docente gana un cargo u horas de cátedra como titular, por primera vez.

No confundir el Ingreso a la Docencia con ingresar al sistema, ya que también se puede ingresar como Interino o Suplente.

Este ingreso se realiza mediante un concurso por títulos y antecedentes, el cual puede ser de 2 tipos:

  • Concurso de cargos de base. Se desarrolla en 3 etapas:

    • Traslado. En primer lugar, las vacantes que surgen en el año se ofrecen a los docentes titulares habilitados para el traslado. Esto significa que los docentes titulares con mayor puntaje, pueden elegir alguno de esos cargos disponibles y dejar vacante el que se encontraba ejerciendo.
    • Acumulación. Luego se ofrecen las vacantes resultantes a aquellos docentes titulares que tienen un cargo de jornada simple y quieren "acumular" un segundo cargo de jornada simple.
    • Ingreso. Finalmente, se realiza un último acto público donde participan los docentes no titulares que hicieron su inscripción para formar parte del Listado de Ingreso. Aquellos que tienen más puntaje acceden primero, hasta que se cubran todas las vacantes disponibles.
  • Concurso de cargos de ascenso (ver ¿Cómo se puede ascender en la carrera docente?)

Los concursos pueden ser de dos formas:

  • De ascenso. Si sos titular, todos los años tenés que ingresar al Sistema de Clasificación Docente y manifestar la voluntad de ascenso. Luego no hace falta hacer más nada, uno ya está en los listados para aspirar al ascenso.
  • De ingreso. Tenés que ingresar todos los años al Sistema de Clasificación Docente e inscribirte para los cargos que quieras. Acordate que debés hacerlo hasta el 30 de abril del año anterior al que quieras ejercer. Luego se confeccionan y exhiben listados, con el orden de mérito de los inscriptos (tené en cuenta que hay plazos para hacer posibles correcciones). Una vez publicados los listados definitivos, podés acceder a cualquier acto público para los cargos a los que te hayas inscrito.

Es la organización jerárquica de la carrera docente. Cada tipo de escuela y área educativa tiene su propio escalafón. Todo docente ingresa en el cargo de menor jerarquía del escalafón. Está reglamentado por el artículo 9 del Estatuto Docente.