División Promoción y Protección

Hospital Argerich.

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Desde el año 2023 esta División depende directamente de la Subdirección Médica.

Jefa de División: Dra. Viviana Aguirre

La División de Promoción y Protección de la Salud se dedica a la detección, notificación y seguimiento de enfermedades transmisibles, no transmisibles y eventos de salud pública de interés. Realiza estudios epidemiológicos de casos y contactos para prevenir la propagación de brotes epidémicos. Asimismo supervisa los programas de vacunación. Colabora con otras especialidades médicas para garantizar un diagnóstico oportuno y un tratamiento eficaz de los pacientes. A través de la publicación de la 'Gacetilla Epidemiológica' junto con la Residencia Interdisciplinaria de Educación y Promoción de la Salud, difunde conocimientos y promueve la actualización científica al personal de salud y la comunidad."

Ubicación: Subsuelo, entrada por Pi y Margall

Tel. 4121-0700 (int 2704/2705)

 

1. SECCIÓN VACUNATORIO

Jefa de Sección: Lic Patricia Albarracín

Ubicación: Subsuelo

Horarios de atención al público:

Lunes a viernes de 8 a 12 hs. y de 13 a 18hs.

Requisitos a presentar.

DNI

Carnet de vacunas

Estar empadronado en SIGEHOS

Aplicación de vacunas:

Las vacunas contempladas según el calendario nacional vigente no requieren orden médica.

Las vacunas para personas mayores de 65 años no requieren orden médica.

Vacunas para grupos de riesgo que estén fuera de calendario requieren orden médica con diagnóstico de patología de base.

 

2. SECCIÓN CONTROL DE SALUD

Jefa de Sección: Dra Estela Rivenson

Se realiza el control de salud de aquellas personas que realizan trámites para contraer matrimonio a través del Registro Civil.

También se otorgan las indicaciones prelaborales para el personal de salud ingresante al Sistema (ingresos nuevos o cambios de función).

Control de salud de alumnos que cursan tecnicaturas en el Hospital.
 

LIBRETAS SANITARIAS  

Ley de Libretas sanitarias N° 2183 fue derogada. Por el Art. 23 de la Ley 6316, BOCBA N° 5390 del 11/08/2020: LA LIBRETA SANITARIA NO DEBE SER EXIGIDA POR NINGÚN EMPLEADOR EN EL ÁMBITO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.

3. SECCIÓN VIGILANCIA EPIDEMIOLÓGICA

Notificación de los eventos de salud contemplados en la Ley 15465/60 a través de los referentes de Epidemiología del Sector con los referentes de cada Servicio del Hospital y de los efectores del Área Programática, con el fin de obtener información adecuada para la evaluación de nuestras prácticas con el fin de ofrecer atención de calidad a nuestra población, a través de la promoción y prevención en salud.