Centralización Laboral

El trámite está dirigido a empleadores que desarrollan su actividad en más de una jurisdicción (sociedades, asociaciones o entidades regularmente constituidas).

Última actualización: Martes 01/10/2024 13:18hs

¿Cuáles son los requisitos?

Centralización

  1. Formulario de solicitud.

  2. Listado en Excel del personal por lugar de trabajo (domicilios completos: calle, número y localidad).

  3. Constancia de inscripción en AFIP.

  4. Registro de empleador actualizado (carátula variable).

  5. Declaración Jurada sobre Ingresos Brutos. Convenio Multilateral (actualizado).

  6. Cinco últimos formulario 931 con pago o presentación (en un solo archivo).

  7. Nómina del personal según aplicativo de AFIP del último 931.

  8. Estatuto social con inscripción en IGJ (en único archivo) o certificado.

  9. Actas de domicilio o designación de autoridades (de corresponder) con inscripción en IGJ o certificadas.

  10. Poder (de corresponder).

  11. Última hoja madre de la rúbrica.

  12. BUI y comprobante de pago.

Ampliación

  1. Formulario de solicitud.

  2. Listado en Excel del personal por lugar de trabajo (domicilios completos: calle, número y localidad). Listado de altas y bajas de domicilios (como está en la plataforma).

  3. Constancia de inscripción en AFIP.

  4. Registro de empleador actualizado (carátula variable).

  5. Declaración Jurada sobre Ingresos Brutos. Convenio Multilateral (actualizado).

  6. Últimos formulario 931 con pago o presentación (en un solo archivo).

  7. Nómina del personal según aplicativo de AFIP del último 931.

  8. Actas de domicilio o designación de autoridades (de corresponder) con inscripción en IGJ o certificadas.

  9. Poder (de corresponder).

  10. BUI y comprobante de pago.

Pasos para realizar el trámite

Realizá el trámite a través de la plataforma de Trámites a Distancia (TAD)


Costos del trámite

Costos

$8.340,00

Hasta 5 domicilios

$10.640,00

Desde 6 domicilios y hasta 10

$13.050,00

Más de 10 domicilios

Trámite Arancelado según Ley Tarifaria Vigente. 

Más Información

  • Consiste en centralizar la rúbrica de la documentación laboral en el domicilio legal de la empresa o donde ésta tenga el asiento principal de sus negocios o la sede de su administración. Siempre que en dicha jurisdicción preste efectivo servicio al menos el 20% del personal de la empresa, al momento de solicitarse la centralización de la rúbrica.

  • La centralización de rúbrica no exime al empleador de contar en cada lugar de trabajo con la documentación que, por imperio legal, deba encontrarse en el mismo. En especial, cada jurisdicción conservará respecto del personal cuyo registro se ha centralizado la facultad de autorizar y/o verificar sus descansos. Obtenida la aprobación del trámite de Centralización de Rúbrica, deberá comunicar a la Autoridad de Aplicación de la jurisdicción en la que exista personal cuyo registro y documentación ha sido centralizado, acompañando copia del acto administrativo y descripción del personal incluido en la centralización. Se debe mantener en el lugar de trabajo copia autenticada de la disposición por la cual se las autoriza a centralizar o en formato electrónico en aquellas cuya firma sea digital (Ley Nacional Nº 25.506, artículo 12).

  • En caso de modificación de datos, altas, bajas o cambio de domicilio legal o de centralización, se deberá presentar la ampliación.


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