Principiantes

La condición de principiante se aplica a aquellas personas que tramitan por primera vez una licencia de conducir en una clase particular A (motos), A4 (cuatriciclos) o B1 (automóviles).

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La condición de principiante se aplica a aquellas personas que tramitan por primera vez una licencia de conducir en una clase particular (A (motos), A4 (cuatriciclos) o B1 (automóviles)).

La misma se mantiene durante 6 (seis) meses, siendo la habilitación por el total de 2 años como máximo (sujeto a los resultados de los exámenes psicofísicos). La ley prohíbe la circulación en vías donde la velocidad máxima supere los 70 km/h.

Durante estos dos primeros años de habilitación no podrá superarse los 0 (cero) grados de nivel de alcohol en sangre cuando se conduzca en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires.

  • Recuérdese que las clases A, B1 y A4 no dan antigüedad entre sí. Por ejemplo, tendiendo una licencia categoría A3 vigente corresponde ser principiante en cualquier categoría de la subclase A4 que vaya a tramitarse por primera vez. Así con cualquier combinación entre estas tres clases.
  • No serán principiantes quienes acrediten antigüedad con licencia de éste u otro municipio o país.

Otros trámites que deben ser principiantes y/o cumplir con los dos primeros años año de habilitación:

En caso de renovar una licencia que no haya cumplido con dos años de antigüedad en el registro que renueva, su nueva licencia tendrá **vigencia hasta el mismo día de vencimiento que la licencia anterior **(si hubiese sido otorgada en esta jurisdicción) y de dos años a partir de su fecha de otorgamiento (si hubiese sido otorgada por otra jurisdicción o país, sin tener en cuenta cuál sea la vigencia por la que el registro presentado haya sido expedido).