Permiso de vehículos gastronómicos en el espacio público (Foodtrucks)
Este trámite es necesario para realizar el emplazamiento de un vehículo gastronómico en el espacio público.
¿Cuáles son los requisitos?
1. Nota solicitando Permiso Particular de Uso Precario para la elaboración y comercialización de alimentos y/o bebidas en vehículos gastronómicos en el espacio público de la CABA, conforme la Ley N° 5707, conteniendo la siguiente información:
- Si es persona humana: datos personales, domicilio real y domicilio constituido en CABA, teléfono y correo electrónico de contacto.
- Si es persona jurídica: razón social, tipo societario, actividad principal, domicilio comercial, teléfono, correo electrónico y CUIT.
2. Documentación personal:
-
Si es persona humana:
- Original y copia del DNI.
- Poder autenticado por escribano público y, original y copia del DNI del apoderado, si el trámite se lleva a cabo por medio de un tercero.
-
Si es persona jurídica:
- Estatuto de la empresa certificado por escribano público.
- Acta de directorio con la última designación de autoridades, certificada por escribano público.
3. Constancia de Inscripción AFIP, (Responsable Inscripto) original y copia.
4. Constancia de Inscripción a Ingresos Brutos, original y copia.
5. Constancia de CUIT/CUIL con Domicilio Legal en CABA Aires del solicitante, en original y copia.
6. Constancia de Habilitación General del Vehículo Gastronómico:
- Expedida por la Dirección General de Higiene y Seguridad Alimentaria, dependiente de la Agencia Gubernamental de Control.
7. Seguro de Responsabilidad Civil por el Ejercicio de la Actividad:
- El monto mínimo de la suma asegurada es por el importe de pesos un millón ($1.000.000).
- El objeto debe ser brindar cobertura por los importes que resulte obligado a resarcir el permisionario en razón de la responsabilidad civil que legalmente le corresponda, por los daños y perjuicios causados a los transeúntes y terceros en general, por la actividad en cuestión; o por hechos ocurridos en forma accidental por la acción repentina y violenta.
- Cobertura de suministro de alimentos, que cubra el ejercicio de elaboración y comercialización de alimentos y/o expendio de bebidas.
- Seguro de Incendio: cobertura por incendio, rayo, explosión, vandalismo, impacto de vehículos terrestres y aeronaves, daños por humo.
- Beneficiario: Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires – CUIT 34-99903208-9
- El seguro debe estar vigente y co-asegurado el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, conteniendo cláusula de no repetición.
8. Informe técnico del grupo electrógeno:
- Llevado a cabo por profesional competente.
- Donde consten las medidas, dimensiones, especificaciones técnicas del mismo.
- Contar con su correspondiente certificado de encomienda profesional.
- El grupo electrógeno debe contar con su propia cobertura de seguro de responsabilidad civil.
9. Constancia de Pago por la ocupación y/o uso de la superficie de bienes de dominio público con vehículos gastronómicos en las condiciones establecidas por las normas vigentes.
10. Declaración Jurada de Solicitud del Permiso Particular de Uso Precario de Vehículos Gastronómicos, en original y copia.
Pasos para realizar el trámite
Iniciá el trámite de forma online o presencial
Ingresá a la plataforma de Tramitación a Distancia (TAD), cargá tus datos personales y la documentación en PDF.
- Por dudas o consultas podés escribir a: permisosag@buenosaires.gob.ar
Aprobación de la solicitud
La Dirección General de Permisos y Ferias evaluará la documentación presentada y te informará mediante cédula de notificación.
Costos
Trámite arancelado según Ley Tarifaria Vigente.
Más información
Está destinado a los solicitantes que hubieran resultado adjudicados para la obtención del Permiso Particular de Uso Precario para la elaboración y comercialización de alimentos y/o bebidas en vehículos gastronómicos con motor incorporado en el espacio público, mediante el mecanismo de sorteo realizado por la Dirección General de Desarrollo Gastronómico.
Normativa:
- Ley 5707 – Marco regulatorio de los Vehículos Gastronómicos, materiales, instalaciones, etc
- Código Alimentario Nacional
- Resolución Conjunta 1/2017/MAYEPGC y sus anexos (Anexo I, Anexo II, Anexo III)
- RESOLUCION 2018-68-SSAGUEP