Higiene y Seguridad Alimentaria
La Dirección de Higiene y Seguridad Alimentaria perteneciente a la AGC, es la encargada de proteger la salud de los porteños mediante el control de los alimentos que se elaboran y distribuyen en la Ciudad.
Vehículos gastronómicos o foodtrucks, transporte de sustancias alimenticias y Curso de manipulación higiénica de alimentos
Consideramos vehículo gastronómico o foodtruck a todo vehículo acondicionado higiénica y sanitariamente apto para elaborar y vender alimentos y bebidas.
Los mismos pueden ser vehículos con motor incorporado o con acoplados.
Qué debo poseer para poder vender comida en un foodtruck?
Para que el foodtruck pueda prestar servicio dentro del ámbito de la Ciudad de Buenos Aires debe contar con la Habilitación General. La misma consiste en una habilitación higiénico-sanitaria vehicular que se tramita ante la Dirección General de Higiene y Seguridad Alimentaria de la Agencia Gubernamental de Control. Para esto, el vehículo se debe inscribir de manera web en el portal de la Agencia Gubernamental de Control donde realizará la presentación de la información obligatoria. Una vez aprobada la misma se procederá a realizar una inspección de las instalaciones del vehículo con e fin de verificar el cumplimiento de la norma, entregando una oblea con código QR habilitante.
¿Dónde realizo la habilitación?
El trámite se realiza de manera online. Para comenzar el mismo, debe ingresar y registrarlo en el Registro de Foodtrucks.
¿Qué documentación tengo que presentar para habilitarme?
Se solicitará el ingreso de información de la persona física o persona jurídica titular del vehículo gastronómico, información de titularidad del vehículo y la inscripción en el registro exigido por la Agencia de Protección Ambiental.
De acuerdo al tipo de personería se solicitará la siguiente documentación escaneada:
Si es persona Física:
- DNI frente y dorso del titular,
- y la constancia de CUIT/L.
Si es Persona Jurídica:
- Estatuto y constancia de CUIT de la empresa, DNI, frente y dorso del presidente o socio
Cada vehículo gastronómico deberá informar sus datos y presentar:
- Titulo o cédula verde del vehículo (a nombre del titular declarado)
- Verificación Técnica Vehicular vigente
- Seguro del vehículo
Es necesario que cada vehículo se encuentre registrado en el Registro de Generadores, Operadores y Transportistas de Aceites Vegetales Usados, use o no aceites en su expendio. Debiendo presentar de manera obligatoria:
- Certificado del registro
- Comprobante de Pago del registro
¿Dónde tramito el Registro de Generadores, Operadores y Transp. de Aceites Vegetales Usados?
Quienes desarrollen actividades gastronómicas, deberán necesariamente inscribirse, sean o no efectivamente generadores. En caso de serlo, se deberán inscribir como “Generadores”, caso contrario, como “No Generadores”.
El registro se tramita de manera on line a través de la página de la Agencia de Protección Ambiental
¿Qué pasa si no tengo parte de la documentación requerida?
El sistema te permitirá ingresar la información de manera online, pero se realiza el ingreso definitivo para evaluación de trámite cuando se tenga toda la información requerida, tanto del titular como del vehículo gastronómico. A partir de allí la Dirección General de Higiene y Seguridad Alimentaria evaluará la misma.
¿Qué se solicita en la inspección vehicular de un foodtruck?
Los vehículos denominados FOODTRUCKS están sujetos al cumplimiento de la LEY N° 5707/2016 en la misma, en el Art.11, se detallan los requerimientos de cumplimiento obligatorio por tipo de transporte. Para realizar la inspección, quien concurra deberá contar con cédula verde/azul del vehículo y su DNI. Deberá estar registrado como titular o apoderado en la solicitud de trámite.
Como puntos a destacar se informan:
- Todas las instalaciones deben encontrarse sanitariamente aptas, contar con superficies lavables (acero inoxidable y no de madera) y todo el material que se utilice en el mismo como utensilios, ollas y otros deberán encontrarse en buen estado de conservación.
- El FoodTruck no tendrá permitido el uso de recipientes de segundo uso. Ej.: bidones cortados, tachos de helado u otro recipiente que no cumpla con las normas higiénicas.
- Las luminarias con las que cuente el vehículo deben tener protección anti estallido.
- Si tiene alimentos perecederos deberá contar con heladeras.
- Los descartables deben ser de material sanitariamente apto y estar adecuadamente almacenados y limpios. No se permite su reutilización.
¿Cómo pido turno para inspeccionar mi vehículo? ¿A dónde debo dirigirme y en qué horario?
Cuando se haya confirmado el ingreso y se hayan validado los datos, La Dirección General de Higiene y Seguridad Alimentaria le enviará un mail, al mail registrado y tendrá disponible un acceso al turnero de la Ciudad/147, para elegir el día y horario en que desea que se efectúe la inspección del vehículo en la locación que la Agencia Gubernamental de Control disponga .
Podrá cancelar un turno de inspección siempre y cuando la fecha del nuevo turno no sobrepase los 60 días contados desde la aprobación de su solicitud.
¿Qué pasa si no paso la inspección vehicular?
Usted deberá inspeccionar el vehículo dentro de los 20 días de aprobada la solicitud. Si en la inspección se le intima a mejoras, se le otorgará como plazo máximo 60 días para completar o reparar lo que le detallen en la inspección. En el plazo de esos 60 días, el requirente podrá asistir como máximo a 3 inspecciones. De no encontrase en condiciones luego de las tres inspecciones, el trámite se rechazará.
¿Puedo habilitar más de un vehículo?
Sí, al estar registrado , usted podrá habilitar para el titular la cantidad de vehículos que se requiera, cada uno con su seguimiento particular de trámite.
¿Cuándo obtengo el QR? ¿Es la habilitación definitiva?
De cumplir con los criterios establecidos, luego de la inspección, se le enviará la boleta de pago del trámite. Una vez acreditado el mismo, el sistema le hará envío por mail el código QR el cual podrá visualizarlo ingresando con su usuario y clave. El QR otorgado brinda la habilitación del vehículo gastronómico o foodtruck y puede desarrollar la actividad en el ámbito de CABA.
El trámite consta de la habilitación sanitaria y de la inscripción en el registro de foodtruck de la Dirección General de Desarrollo Gastronómico.
¿Cuándo dura la habilitación del foodtruck?
La habilitación tiene vigencia por un año desde la fecha de librado al uso que presenta el QR, momento en el cual deberá reinscribirse y ser evaluado nuevamente.
¿Cuál es el costo del trámite?
El valor del trámite según Ley Tarifaria 2019
La boleta de pago se emite una vez que las condiciones del vehículo se encuentren aprobadas luego de la fiscalización por parte del personal de la Dirección de Higiene y Seguridad Alimentaria
¿Dónde puedo pagar la boleta de la tarifaria del trámite?
Podés abonar la boleta emitida por el sistema en cualquier sucursal del Banco Ciudad o en las sedes comunales habilitadas para este trámite. La emisión de boleta tiene como máximo 30 días de vigencia, de lo contrario se cae la solicitud y se deberá solicitar una nueva boleta de tramite desde el sistema.
¿Donde puedo poner mi foodtruck?
El foodtruck que cuente con la habilitación y su QR vigente se encontrará registrado para participar en cualquier evento público o privado en predios cerrados y/o abiertos.
¿Puedo poner con esta habilitación mi foodtruck en vía pública?
Para estar en vía pública, una vez habilitado, deberá contar con un permiso, otorgado por la Dirección General de Ordenamiento y Espacio Público del Ministerio de Ambiente y Espacio Público de la Ciudad de Buenos Aires. El Ministerio de Ambiente y Espacio Público otorgará la cantidad de permisos particulares de uso precario correspondientes en cada ubicación para la elaboración y comercialización de alimentos y/o bebidas en vehículos gastronómicos, los que deberán localizarse en los espacios públicos destinados a tal fin. Dichos permisos se darán por tiempo limitado y de acuerdo a las características del mismo.
¿Qué características o condiciones deben tener los productos en el puesto?
Las condiciones están determinadas al cumplimiento de la LEY N° 5701/2016, correspondiente a vehículos gastronómicos y al Código Alimentario Nacional, LEY N° 18284.
¿Qué Temperaturas deben tener los productos?
- Congelados : -18 ºC
- Refrigerados: inferior a 5 ºC
- Calientes: sobre los 70 ºC
¿Puedo vender Alcohol?
La venta de alcohol dependerá del permiso que posea en el marco del evento en el cual se encuentra participando, siempre ajustándose a la LEY N° 24.788, la cual no permite el expendio de alcohol a menores. En algunos eventos se solicita la colocación de vallado delante del foodtruck para control de acceso y expendio.
¿Cuales son los requisitos del personal del foodtruck?
- Libreta sanitaria expedida por Ministerio de Salud de cualquier jurisdicción que tenga competencia en su otorgamiento.
- Curso de manipulación de alimentos expedido por GCABA para todos aquellos que están en el foodtruck y que participan en la cadena de producción y/o expendio.
- Los manipuladores no pueden estar enfermos al momento de manipular alimentos.
- El personal deberá utilizar indumentaria reglamentaria, preferentemente clara, en buen estado higiénico.
- Se deberá utilizar gorro o cofia. En el caso de cabellera larga, el cabello deberá encontrarse atado.
- Es recomendable el uso de guantes descartables durante el servicio.
¿Qué vehículos se consideran como Unidades de Transporte Alimenticio?
Las Unidades de Transporte Alimenticio (UTAs) son aquellos vehículos que trasladan alimentos, cualquiera sea su tipología. Se incluyen dentro de los mismos a: transportes con cámara de frío, sin frío o remolques.
¿Cuáles son los vehículos que deben tener habilitación para transportar sustancias alimenticias y/o elaborar y vender comidas?
Deben contar con habilitación sanitaria, los vehículos que realicen la actividad de distribución mayorista o minorista de entrega a domicilio de sustancias alimenticias en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Se encuentran incluidos como UTAs a todos los transportes de alimentos, bebidas con o sin alcohol, sodas y gaseosas.
¿Quiénes están exceptuados de obtener la habilitación?
Quedan exceptuados aquellos que ingresen a la Ciudad en tránsito, por un término que no exceda las veinticuatro (24) horas y que se encuentren habilitados en otras jurisdicciones por autoridad competente.
¿Cuál es el tiempo de validez de la habilitación?
Una vez comprobados los requisitos que se exigen en materia higiénico-sanitaria y mecánica se otorgará la habilitación por el término de un 1 año. La misma deberá encontrarse visible en el parabrisas del vehículo.
¿Dónde realizo la habilitación?
Para comenzar el trámite ingresá en el Registro de Unidades de transporte alimenticio.
¿Cuáles son los pasos a seguir para la habilitación sanitaria de mi vehículo?
Para obtener la información detallada de los pasos a seguir para obtener la habilitación de tu vehículo, ingresá en el Trámite de gestión de tarjeta habilitante de transporte de sustancias alimenticias y seguí los pasos allí detallados.
¿Qué pasa si no tengo parte de la documentación requerida?
El sistema te permitirá ingresar la solicitud solamente cuando tengas toda la información requerida, tanto del titular como del vehículo.
¿Una vez que pagué, la solicitud está aprobada?
El pago de la tarifa te permite iniciar el trámite que luego será evaluado. En el caso que se encuentren observaciones sobre la documentación presentada, se dejará constancia en la bandeja de entrada de tu solicitud de trámite para que puedas corregir y/o ratificar la documentación que no corresponde o que se encuentra observada, permitiendo continuar el trámite.
¿Dónde puedo pagar la boleta de la tarifaria del trámite?
Podés abonar la boleta emitida por el sistema en cualquier sucursal del Banco Ciudad o en las sedes comunales habilitadas para este trámite. La emisión de boleta tiene como máximo 15 días de vigencia, de lo contrario se cae la solicitud y se deberá solicitar una nueva boleta de tramite desde el sistema.
¿Qué pasa si pagué y me revocan la habilitación?
El pago es en concepto de solicitud de trámite y administración del mismo, independientemente de que la condición higiénica sanitaria o documental presentadas finalicen en la habilitación efectiva del vehículo o no.
¿Puedo comenzar a circular con la solicitud de trámite aprobada?
Podrás comenzar a circular con tu vehículo una vez que el trámite se encuentra completo, es decir, cuando se te haya entregado la oblea QR con los datos del vehículo y de la habilitación otorgada.
¿Cómo pido turno para inspeccionar mi vehículo? ¿A dónde debo dirigirme y en que horario?
Cuando se haya confirmado el pago de la BUI, tendrás disponible un link al turnero de la Ciudad/147, Turnos web , para elegir el día y horario en que deseas que se efectúe la inspección del vehículo en la locación que la Agencia Gubernamental de Control disponga.
Importante: La inspección debe ser realizada dentro de los 20 días de aprobada la solicitud. Podés cancelar un turno de inspección, siempre y cuando la fecha del nuevo turno no sobrepase los 20 días contados desde la aprobación de solicitud.
¿Qué me solicitan en la inspección vehicular?
Los vehículos de sustancias alimenticias están sujetos al cumplimiento de la LEY N° 3.131 / 2009. En la misma se detallan los requerimientos de cumplimiento obligatorio por tipo de transporte.
Para realizar la inspección, deberás contar con cédula verde del vehículo y tu DNI. Deberás estar registrado como titular o apoderado en la solicitud de trámite. Recordá que en esa instancia tenés que presentar la documentación original y las unidades deben estar desprovistas de carga y limpias. El lugar destinado al transporte de las sustancias alimenticias (con frío o sin frío) será un depósito cerrado, totalmente revestido en su parte interna con material liso, de fácil limpieza, impermeable, aislado del medio externo. Además, deberá estar independizado del resto del vehículo.
¿Qué pasa si no paso la inspección vehicular?
Si en la inspección se te intima a mejoras, se te otorgará como plazo máximo 60 días para completar o reparar lo que le detallen en la inspección. En el plazo de esos 60 días, podrás asistir como máximo a 3 inspecciones. De no encontrase en condiciones luego de las tres inspecciones el trámite será rechazado.
¿Puedo habilitar más de un vehículo?
Si, al estar registrado, podrás habilitar para el mismo titular, la cantidad de vehículos que se requiera, cada uno con su seguimiento particular de trámite.
¿Cuál es el costo del trámite?
El valor del trámite es según la Ley Tarifaria 2019
¿Cuándo obtengo el QR?
De cumplir con los criterios establecidos, se entrega la constancia de habilitación y se te enviará por mail el código QR, el cual podrás visualizarlo ingresando con tu usuario y clave.
Se habilita o renueva por el plazo de un (1) año el transporte alimenticio para realizar la actividad de distribución mayorista o minorista de entrega a domicilio de sustancias alimenticias en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Si tenés dudas podes ampliar tu información: consultas_utas@buenosaires.gob.ar
Deben realizarlo todas aquellas personas que por su actividad laboral, tienen contacto directo con los alimentos durante su preparación, fabricación, transformación, elaboración, envasado, almacenamiento, transporte, distribución, venta, suministro y servicio.
Aquellas personas que aprueban la capacitación son incorporadas al Registro de Manipuladores de Alimentos acreditados ante el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, el Carnet de Manipulador con vigencia por 3 años.
¿Cómo se dicta?
El curso de manipulación higiénica de alimentos se dicta en alguna de las siguientes modalidades:
a) Cursos presenciales dictados por la Gerencia Operativa de Capacitación dependiente de la Unidad de Coordinación Administrativa de la Agencia Gubernamental de Control.
b) Cursos virtuales se realizan a través de la página alimentos.agcontrol.gob.ar y el examen presencial es coordinado y administrado por la Gerencia Operativa de Capacitación dependiente de la Unidad de Coordinación Administrativa de la Agencia Gubernamental de Control.
c) Cursos presenciales dictados por Capacitadores inscriptos en el Registro de Capacitadores de Manipuladores de Alimentos acreditados ante el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.
d) Renovación online disponible para aquellas personas que hayan obtenido su carnet de manipulador previamente y el mismo se encuentre vencido o próximo a vencer. El examen se realiza a través de la plataforma SIGMA.
e) Profesionales de carreras de grado afines a la manipulación de alimentos, pueden validar su título profesional para ser eximidos de realizar el curso y poder hacer únicamente la evaluación.
La instancia de evaluación será obligatoria para toda persona que haya realizado el curso de Manipulación Higiénica de Alimentos en cualquiera de las modalidades enunciadas previamente.
¿Para qué sirve?
Sirve para que los empleados ayuden a prevenir el desarrollo de Enfermedades Trasmitidas por Alimentos (ETA) y prepara al personal ante los puntos clave que conlleva una fiscalización en salubridad alimentaria de la Agencia Gubernamental de Control y que pueden derivar en multas o incluso clausuras.
¿Quién puede hacerlo?
Todos aquellas personas que manipulen alimentos en las áreas de elaboración y servicio, venta y distribución.
Su principal objetivo es instruir a los manipuladores en buenas prácticas higiénicas para generar que los locales que comercializan alimentos ofrezcan productos más seguros.
¿Cómo me inscribo?
Para inscribirte en el Curso de Manipulación Higiénica de Alimentos debes registrarse previamente en el Sistema Integrado de Gestión de Manipuladores de Alimentos y elegir fecha, hora y lugar disponible del curso.
¿Cómo obtengo el certificado?
Una vez alcanzados los requisitos para su obtención podrás descargar el mismo a través del Sistema Integrado de Gestión de Manipuladores de Alimentos ingresando tu usuario y contraseña.
El mismo podrás imprimirlo desde donde quieras.
El certificado es personal e intransferible, siendo generado a través del sistema informático de administración del Registro mencionado conteniendo un “Código de respuesta rápida” o “Código QR” de validación.
¿Cuál es la vigencia del certificado?
La inscripción en el Registro de Manipuladores de Alimentos del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires tendrá una vigencia de tres (3) años a partir de su aprobación del curso.
La renovación de dicha inscripción deberá tramitarse ante la Agencia Gubernamental de Control a través del sistema SIGMA dentro de los treinta (30) días previos a su vencimiento.
Descargá el listado de Capacitadores de Manipuladores de Alimentos vigente
¿Qué costo tiene?
El Curso de Manipulación higiénica de los alimentos es gratuito.
¿Cómo registrar un producto alimenticio o un establecimiento alimentario?
Para registrar un alimento o un establecimiento tenés que presentar en la Mesa de Entradas de la Agencia Gubernamental de Control una nota de solicitud de inscripción al registro correspondiente dirigida al Director General de Dirección General de Higiene y Seguridad Alimentaria. Junto a esta nota, se debe adjuntar la siguiente documentación:
- Formulario correspondiente según el tipo de registro.
- Certificado de Deudores Alimentarios (Se solicita en Chacabuco 132 5to piso de lunes a viernes de 9.30 a 13.30hs).
En caso de persona física: debe exhibir el original del Documento Nacional de Identidad y adjuntar copia a fin de su autenticación en Mesa de Entradas.
En caso de persona jurídica:
- copia del contrato social autenticada por escribano público u original y copia a fin de ser autenticada en Mesa de Entradas. Si el trámite lo realiza un apoderado debe presentar un poder autenticado por escribano público u original y copia a fin de ser autenticada en Mesa de Entradas.
- Fotocopia del último pago de Ingresos Brutos y de aportes jubilatorios de la empresa.
Si el trámite es para los registros de Establecimientos o para los registros de Productos se debe presentar documentación específica para cada caso.
Más información en: Registro Nacional de Productos Alimenticios (RNPA) / Registro Nacional de Establecimientos (RNE)
¿Cómo denuncio un comercio que presenta irregularidades o faltas en relación a la higiene de los establecimientos que elaboran, fraccionan, venden o comercializan alimentos?
Es importante que realices la denuncia mediante la pagina de Solicitudes BA o llamando al 147.
¿Qué debo hacer si en una inspección me han efectuado una intimación a mejoras?
Podrás realizar el descargo en la Mesa de entradas de la Agencia Gubernamental de Control de lunes a viernes de 8.30 a 13.30hs. Ante cualquier duda que pueda surgirte, comunicate telefónicamente al 4860-5200.
¿Qué debo hacer si cuento con un acta circunstanciada que determina la clausura preventiva de mi establecimiento?
Deberás concurrir a la Dirección General de Administración de Infracciones (Hipólito Yrigoyen 2346), a fin de solicitar el levantamiento de clausura. Para más información ingresá en: ¿Te clausuraron un local o una obra en construcción?