Preguntas frecuentes

Compartimos las respuestas a las preguntas frecuentes en relación al Nivel Secundario de instituciones educativas de gestión privada.

Compartir en redes

No se puede, dado que esta Dirección General de Educación de Gestión Privada depende del Ministerio de Educación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

La obtención de una vacante para el ingreso a un escuela de gestión privada, requiere de su solicitud al instituto, quien posee la autonomía para su otorgamiento en función de la disponibilidad de la misma.

Sí, es parte de los requerimientos formales y los procedimientos administrativos a los que debe darse cumplimiento en la Ciudad. El documento quedará en guarda en el legajo personal de la o del estudiante.

En caso de haber estudiado en una escuela primaria de gestión privada de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, si la institución está activa (en funcionamiento), es necesario tramitar su duplicado  en la Secretaría del mismo Instituto. En caso de que la escuela se encuentre cancelada (ya no funciona), se debe iniciar el trámite a través de Trámites a Distancia (TAD).

Sí, es obligatoria y es un derecho. La Ley Nacional N.° 26150 y la Ley N.° 2110 de la Ciudad de Buenos Aires establecen la educación sexual Integral para todos los niveles y modalidades educativas, en instituciones de gestión estatal y de gestión privada.
Cada comunidad educativa incluirá, en el proceso de elaboración de su proyecto institucional, la adaptación de las propuestas a su realidad sociocultural.

Alumnas y alumnos que cursan Nivel Secundario en una escuela pública de gestión privada subsidiada al 100% y/o de cuota 0, o de una escuela de Educación Especial, pueden gestionar el Boleto estudiantil ingresando sus datos en: https://boletoestudiantil.buenosaires.gob.ar

La documentación escolar que se requiere  presentar en instituciones oficiales de los sistemas educativos del exterior, deberá estar legalizada por el Ministerio de Educación de la CABA (Gerencia Operativa de Títulos y Legalizaciones), trámite que realizará la escuela donde se haya culminado parcial o totalmente los estudios, y, posteriormente,  por el Ministerio del Interior (25 de Mayo 179, CABA - Teléfono: 011 4339-0800) y por el Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto (Arenales 819, CABA - Teléfono: 011 4819-7000/02/03).
La intervención deberá realizarse, sin excepción, tanto en los analíticos parciales como totales y en sus respectivos títulos, para aquellos/as estudiantes que viajen habiendo concluido sus estudios, se sugiere consultar, antes de viajar, al Consulado del país receptor.

Las escuelas de gestión privada, están obligadas, al igual que los establecimientos de gestión estatal, a dar intervención a los distintos Organismos de protección de derechos de las niñas, niños y adolescentes ante la presunción de vulneración de cualquiera de los derechos consagrados. Las presentaciones se encuentran protocolizadas por distintas normativas y los organismos receptores son el Consejo de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes (CDNNyA) y la Dirección General de Educación de Gestión Privada.

Los pases de estudiantes pueden realizarse entre los meses de marzo y noviembre exclusivamente. Para poder iniciar la tramitación, los/as responsables adultos/as de alumnos/as menores de edad (o estudiantes mayores de 18 años) deben presentar en la escuela de “origen” una constancia de vacante emitida por la autoridad escolar del establecimiento de “destino”. Cumplimentada esa gestión, la escuela de “origen” podrá emitir una constancia de pase, considerando aquellos procedimientos administrativos que los/as profesionales correspondientes efectúan frecuentemente.

Sí. Su matriculación quedará sujeta a  lo establecido por las normativas jurisdiccionales e internacionales para la definición de la correspondencia de grados/años entre los sistemas educativos  y la equivalencia de estudios.

Las autoridades docentes o legales de los institutos de gestión privada podrán requerir la presencia de un/a supervisor/a veedor/a en mesas de exámenes, explicitando los motivos que ameritan la solicitud, como también todas las cuestiones administrativas que permitan a la Dirección General de Educación de Gestión Privada dar curso la misma: asignatura pendiente, programa de examen, día y horario del evento, para garantizar la presencia de un/a supervisor/a pedagógico/a en el momento y lugar indicados. Esta gestión se podrá solicitar para instancias de exámenes y evaluación establecidas en la agenda educativa.