Registro de Piezas Arqueológicas y Paleontológicas. Denuncias
Guía para registro de piezas y restos arqueológicos
La Ley Nº 25.743 de protección del patrimonio Arqueológico y Paleontológico, promulgada en el año 2003, establece que en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires debe existir, al igual que en cada una de las provincias, un organismo que esté a cargo de la aplicación de esta Ley.
El Decreto Nº 3.423/04 designa entonces como Órgano de Aplicación a la Dirección General de Patrimonio e Instituto Histórico, perteneciente al Ministerio de Cultura de la Ciudad de Buenos Aires (Hoy Dirección General de Patrimonio, Museos y Casco Histórico) para que lleve a cabo el registro de piezas y restos.
- ¿Qué piezas y restos se deben registrar?
Todas aquellas piezas, tanto arqueológicas como paleontológicas, que obran en poder de personas e instituciones cuyo domicilio declarado se encuentra dentro de la jurisdicción de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
- ¿Cómo registrarlas?
Se debe completar una serie de fichas con los datos de la pieza y de la persona o institución correspondiente. Las mismas deben ser solicitadas en el Centro de Interpretación de Arqueología y Paleontología de la ciudad de Buenos Aires, calle Bolívar 466 o vía correo electrónico ciap@buenosaires.gob.ar, donde además se puede requerir asesoramiento del equipo de profesionales.
- ¿Por qué registrarlas?
Porque de esta manera se limita la circulación y/o posible destrucción de los bienes, asegurando su conservación y permanencia dentro del ámbito nacional.
Asesoramiento técnico gratuito en tareas de registro y determinación de colecciones arqueológicas y paleontológicas
Nuestro órgano de aplicación tiene como funciones, la recepción de las fichas de registro por parte de toda persona tenedora de objetos arqueológicos y paleontológicos, como así de aquellas provenientes de excavaciones e intervenciones arqueológicas y paleontológicas en el ámbito de la ciudad de Buenos Aires.
Frente a estas tareas, se lleva a cabo todo tipo de asesoramiento técnico gratuito a quienes requieran llevar a cabo el registro de sus objetos de origen arqueológico y/o paleontológico conforme a la ley.
Otorgamiento de permisos de excavación
Todo profesional que desee llevar a cabo algún tipo de intervención de tipo arqueológico en el ámbito geográfico de la ciudad de Buenos Aires, debe presentar ante nuestra Mesa de Entradas la solicitud de excavación incluyendo todos los requerimientos estipulados en el Art 24 de la Ley 24.743.
Iniciar nuevo trámite a distancia (TAD) »
Instructivo para el Registro del Patrimonio Arqueológico
FUR Objetos Arqueológicos (Colección)
FUR Objetos Arqueológicos (Lote)
FUR Objetos Arqueológicos (Objeto)
FUR Objetos Arqueológicos (Yacimiento)
Ficha de Registro Paleontología (Restos Fósiles)