Preguntas frecuentes - RDA
¿Tenés dudas sobre la nueva implementación de Registro de Asistencia Digital que empezó a implementarse en establecimientos educativos de la Ciudad?
Te dejamos algunas respuestas que pueden ser útiles para despejar cualquier duda.
El Registro Digital de Asistencia (RDA) se crea mediante la Resolución de Firma Conjunta 1292-GCABA-MHFGC/25, como único mecanismo válido para el registro diario del ingreso y egreso a la jornada laboral del personal docente y no docente que presta servicios en los establecimientos educativos dependientes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Conocé la normativa completa.
Si. Podés realizar el trámite del registro de huella aún no teniendo reloj instalado en el establecimiento. Al momento de la instalación, se realizará el reemplazo del libro de firmas por el registro biométrico, asociando la huella ya generada.
No. El registro se gestiona una única vez y se deberá informar todos los establecimientos en los cuales la persona se encuentre activa y prestando servicios.
Si, pero en caso de ser una enfermedad limitante, es recomendable realizar el registro al momento del alta en las postas habilitadas en ese momento.
Sí, en todos los establecimientos con dispositivo biométrico, la ficha digital tiene carácter obligatorio a partir del inicio del ciclo lectivo 2026, tal como lo indica el artículo N.° 2 de la Resolución Firma Conjunta N.°1292-MHFGC-2025.
No, ya que esta implementación se basa en un principio de simplificación, agilización y digitalización de los trámites administrativos, por lo que el registro de asistencia en formato papel dejará de utilizarse.
Deberás informar a tu equipo de conducción a través de los canales institucionales habilitados.
El RDA no modifica el circuito; deberás solicitar la licencia del mismo modo en que venías haciéndolo, y el curso del impacto de la misma se sostendrá tal como antes.
El Equipo de Conducción de tu establecimiento educativo deberá informar la situación enviando un correo electrónico a registrodigitaldeasistencia@buenosaires.gob.ar
El correo electrónico deberá contener, como mínimo, los siguientes datos:
- Nombre, apellido y CUIL del agente
- Nombre y dirección del establecimiento en el cual no se pudo fichar
- Fecha y hora de ingreso y egreso al establecimiento
- Descripción de la incidencia
- Constancia del medio excepcional utilizado, con firma del agente y de la autoridad