Transporte Escolar

Recomendaciones para la contratación de transporte escolar

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Desde el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires estamos trabajando para que los viajes de los niños sean más seguros.

Protocolo de Higiene y Prevención establecido para transportes escolares

  • Los/as conductores/as estarán separados/as por un plástico divisorio. Si esto no es posible se mantendrá una distancia de seguridad con los/las estudiantes de al menos 2 metros. Se deberá contar con el material de limpieza y desinfección necesario.
  • Al ingresar al micro todas las personas deberán tener tapaboca.
  • La unidad deberá tener ventilación en modo de NO RECIRCULACIÓN.
  • Asimismo, se propicia el uso de las unidades manteniendo las ventanillas abiertas en todo momento de manera de favorecer la ventilación natural en forma preferente.

    Para ver el protocolo completo, podés hacer click ACÁ

    A la hora de contratar servicios de transporte escolar se debe tener en cuenta que tanto el vehículo como el chofer cumplan con los requisitos estipulados por la Ley N.º 2.148 (Código de tránsito y Transporte de la Ciudad) y su Decreto Reglamentario N.º 1031/2008.

    ¿Qué debe tener un transporte escolar?

    • Estar identificado con color anaranjado en la parte media inferior y color blanco en la media superior y techo.
    • Poseer letreros que indiquen “Escolares” en letra negra en la parte delantera, trasera y laterales.
    • Poseer en la parte posterior una leyenda: ERSP 0800-222-ENTE (3687) número al cual se pueden radicar denuncias con relación a la prestación del servicio.
    • Estar equipados con luces intermitentes que deberán accionarse automáticamente al momento de producirse la apertura de cualquiera de sus puertas.
    • Poseer una oblea con número de habilitación otorgado por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires fijadas en parte posterior.
    • Poseer dos puertas, ambas delanteras, una a cada lado, no accionables por los escolares sin previa intervención del conductor o persona mayor acompañante, que garanticen el ascenso y descenso de los transportados por ambas manos.
    • Poseer dos salidas de emergencia, claramente identificables con carteles indicativos luminosos, operables inclusive desde el exterior del vehículo y equipadas con un martillo de ruptura de cristales.
    • Estar equipados con cinturones de seguridad para todos los pasajeros.
    • Disponer de 2 lugares para escolares con movilidad reducida en la primera hilera de asientos. Deben contar con soporte que impida el movimiento de la silla de ruedas plegada durante el viaje.
    • Inspección Técnica Vehicular vigente realizada por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.
    • Contar con el pago de patentes al día y con un seguro que cubra los riesgos del conductor, de las personas transportadas y terceros.

    Acompañantes

    Los vehículos que posean más de 15 asientos deberán asimismo contar con un acompañante mayor de 21 años debidamente acreditado ante el Registro de Acompañantes del Servicio de Transporte Escolar de la Dirección General Gestión de Servicios y Movilidad

    El acompañante es la persona encargada de vigilar y cuidar a los transportados durante el traslado, y ayudar en la operatoria de ascenso y descenso.

    Está prohibido

    • Fumar a bordo del vehículo.
    • Llevar un número de pasajeros mayor a la cantidad de asientos.
    • Transportar personas paradas.
    • Transportar personas que no sean los docentes, familiares o participantes de la actividad que acompañen a los menores con motivo de ella.

    Velocidades máximas permitidas

    La velocidad máxima a la que pueden circular los vehículos en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires mientras realizan este servicio es de 45 km/h y de 70 Km/h en autopistas.

    Información para los transportistas

    ¿Qué deben cumplir los conductores?
    Estar inscriptos en el Registro de Conductores del Servicio de Transporte Escolar de la Dirección General Gestión de Servicios y Movilidad.
    Para ello se le requiere:
    • Certificado de aptitud psicofísica (anual).
    • Certificado de curso obligatorio (cada 3 años) sobre primeros auxilios y de evacuación de emergencia.
    • Licencia de conducir profesional de transporte de pasajeros D21 (hasta 20 personas) o D22 (más de 20 personas), expedida por la autoridad competente del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.
    • Certificado de Antecedentes Penales (de no más de 30 días desde su emisión).
    • DNI – domicilio real – Teléfono – mail personal de contacto
    • Constancia de CUIL (choferes no titulares)
    • Inscripción AFIP conductores titulares

    Los vehículos que posean más de 15 asientos deberán contar con un acompañante mayor de 21 años debidamente acreditado ante el Registro de Acompañantes del Servicio de Transporte Escolar de la Dirección General Gestión de Servicios y Movilidad y que cumpla con las mismas exigencias de los conductores (a excepción de la licencia de conducir).
    Tienen la obligatoriedad de concurrir a cursos de primeros auxilios y de evacuación de emergencia.

    Controles

    Periódicamente se desarrollan operativos efectuados por las autoridades del Ente Regulador de los Servicios Públicos y de la Subsecretaría de Seguridad del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires tendientes a verificar el cumplimiento de la normativa vigente.

    Más información

    • Organismo responsable: Gerencia Operativa de Registro de Transporte y Verificación Técnica.
    • Dirección: Av. Roca 4590, CABA
    • Horarios de atención: lunes a viernes de 8:30 a 13 h.
    • Tel.: 147 o 0800-222-ENTE (3687)
    • E-mail: taxis@buenosaires.gob.ar