Subsidios Prodanza

Líneas de subsidios para el fomento de la danza no oficial.

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Los subsidios de Prodanza se distribuyen mediante llamados a convocatoria de proyectos, de frecuencia anual.

Quiénes pueden presentarse a las convocatorias: Personas físicas o jurídicas que tengan un proyecto relativo a la danza independiente, a la producción creativa; a la formación, investigación y docencia y difusión, en cualquiera de sus géneros o estilos.

Convocatoria Prodanza 2023: 

Convocatoria cerrada.

Conocé cómo participar

La convocatoria está destinada a:

Compañías o grupos de danza estables 

Deberán acreditar una trayectoria de permanencia en la producción y gestión de danza independiente en la ciudad de Buenos Aires que alcance como mínimo dos (2) años de actividad, considerando en forma ininterrumpida los dos últimos años. Se otorgan subsidios para la creación y/o reposición de obras, en el marco de un proyecto que trace sus propias estrategias de circulación y/o difusión en espacios culturales de la Ciudad. Se aceptarán proyectos con características innovadoras de producción y exhibición escénica, siempre y cuando puedan asegurar la realización de cuatro (4) presentaciones abiertas al público e incluyan la exhibición de obras de danza, ya sea en formato presencial y/o virtual.

Elencos o Coreógrafos con proyectos puntuales 

Se otorgan subsidios para la creación y/o reposición de obras, en el marco de un proyecto que trace su propia estrategia en relación a la circulación y/o difusión en espacios culturales de la Ciudad. Se aceptarán proyectos con características innovadoras de producción y exhibición escénica, siempre y cuando puedan asegurar la realización de cuatro (4) presentaciones abiertas al público e incluyan la exhibición de obras de danza, ya sea en formato presencial y/o virtual. La convocatoria no incluye en ningún caso trabajos de Tesis de Graduación.

Salas teatrales no oficiales, Espacios no convencionales o experimentales, existentes y/o a crearse 

Deberán presentar una propuesta de programación que incluya propuestas de danza por un mínimo del 70% de sus contenidos, en días y horarios centrales, durante un período mínimo de 9 meses. Dicha programación podrá consistir en: funciones, encuentros, ciclos y/o festivales tanto en formato presencial como virtual, que contribuyan con la producción y circulación de la danza no oficial. El subsidio podrá utilizarse para cubrir los gastos derivados de la programación específica de danza y/o de la mejora en la infraestructura edilicia y/o adquisición de equipamiento.

Entidades y Asociaciones Culturales 

Esta línea comprende proyectos ligados a la danza, su desarrollo y fortalecimiento, que se encuentren albergados por algún tipo de entidad jurídica en cuyo objeto esté contemplada la danza (fundaciones, asociaciones y demás organizaciones no gubernamentales). Dichos proyectos podrán incluir uno o más artistas, que desarrollen algunas de las siguientes líneas de trabajo: creación, investigación, producción teórica, circulación y difusión, trabajo en red, formación y articulación social, entre otros.

Descargá el Reglamento General de la Convocatoria 2023

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