Inscripción de la Defunción - Emisión de Licencia
Plazo de Presentación:
- En término: El plazo para efectuar la denuncia del fallecimiento es de 48 hs. posteriores a su comprobación, el que se contará a partir de la medianoche de ese día.
- Fuera de término:
- Pasadas las 48 hs del término y presentado dentro de un máximo de sesenta (60) días contados a partir de la medianoche del día del deceso, cuando existieran motivos fundados, previo ello al dictado de una disposición de la Dirección General que autorice dicha inscripción.
- Vencido el plazo de 60 días solo se procederá a inscribir la defunción por orden judicial.
Asiento de la defunción en la libreta de matrimonios