Requisitos y lugares de donación

Podés manifestar tu voluntad de ser donante y sacarte todas las dudas llamando al 0800-333-6627 (DONAR).

Compartir en redes

La donación y el trasplante de órganos y tejidos, se rige en todo el país, por la Ley 27447.

La manifestación de voluntad de donar los órganos para después de la muerte es un acto por medio del cual podemos salvar o mejorar la calidad de vida a más de 7 personas.

Es una decisión que debe ser tomada en forma absolutamente libre y para la cual se deberá contar con la información suficiente.

El trámite para la manifestación de voluntad sobre la donación de órganos y tejidos es personal y siempre revocable.

Todas las personas mayores de 18 años y capaces legalmente, pueden manifestar su voluntad afirmativa o negativa de donar.

En el momento del fallecimiento, el organismo responsable verificará la última voluntad hacia la donación de órganos. De no existir dicha manifestación expresa, la Ley considera que la persona es donante. En el caso de menores de 18, serán únicamente sus padres o representantes legales quienes autoricen o no la donación de órganos y tejidos.

¿Dónde se realiza?

El trámite de expresión de voluntad puede realizarse en:

  • En el INCUCAI u organismos jurisdiccionales, en la Ciudad es en el Instituto de Trasplante, firmando un acta de expresión.
  • En las oficinas del Registro Civil, asentándolo en el DNI. (hay que avisarle al agente cuando se realize el trámite).
  • Por medio de telegrama expedido de manera gratuita a través del Correo Argentino.