Construcciones existentes

El mayor aporte de emisiones de GEI de la CABA lo producen los edificios existentes. Por eso, en 2020 desarrollamos estrategias a corto, mediano y largo plazo para impulsar su adecuación y lograr mejorar su desempeño energético.

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Es fundamental impulsar el "Retrofit" residencial en la Ciudad para mejorar el desempeño energético del parque edilicio existente, responsable del 28 % de las emisiones de gases de efecto invernadero (GEI) del sector de Energía estacionaria; que, a su vez, es responsable de 53% del total de las emisiones de la CABA.

¿Qué es “Retrofit” o “Retroadaptación”?

Se define como "retrofit" al conjunto de medidas destinadas a mejorar la eficiencia energética de un edificio existente, reduciendo sus requerimientos energéticos y emisiones asociadas.

Propone una visión holística que contempla: componentes pasivos (envolvente edilicia), sistemas activos (acondicionamiento térmico, iluminación y agua caliente sanitaria), otros usos complementarios (equipos cuyos consumos energéticos resulten significativos) y aportes de energías renovables.

¿Qué hicimos desde la Ciudad?

Con el apoyo económico de la red de ciudades C40, y en el marco del Climate Action Planning Programme (CAP) para Latinoamérica, se realizó el llamado a licitación internacional con el objetivo de elaborar la estrategia de retrofit residencial para la Ciudad. El documento “Desarrollo de una Estrategia de Retrofit Residencial para la Ciudad de Buenos Aires”, además de impulsar su implementación, presenta los principales aspectos del trabajo desarrollado a lo largo de la consultoría y acerca una mirada integral y sucinta de la propuesta elevada a la Ciudad.

Como primera medida, se logró incorporar un artículo a la última modificación del Código de Edificación dedicado al Retrofit o Retroadaptación.

¿Que prevé la Normativa constructiva de la Ciudad?

En la última modificación del Código de Edificación se incorpora, por primera vez, un artículo específico (el 3.10.) para regular las intervenciones sobre Edificios Existentes. Además, también por primera vez, se incorpora el concepto de “Retroadaptación” (Art.3.7.4.5.3.). Este artículo prevé que “Los edificios existentes deben cumplir con el procedimiento de Verificación Técnica de las Construcciones, según se establece en los Reglamentos Técnicos y conforme a la normativa específica dictada por el Organismo Competente, quien determina su alcance y ámbito de aplicación”. Así, sienta las bases para una próxima reglamentación necesaria para su implementación.