Eventos masivos

Informe de Impacto Acústico para Eventos masivos.

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Con el objetivo de evaluar y controlar las emisiones de ruidos y vibraciones provocadas durante un evento masivo, se establece mediante la resolución RESOL-2015-41-APRA (ANEXO III) un procedimiento para la tramitación del “Informe de Condiciones de Funcionamiento Asociadas al Impacto Acústico (ICIA)" para la realización de espectáculos públicos en predios de dominio privado, no habilitados para tal fin. Esta tramitación deberá ser efectuada 20 días antes por quien solicite un permiso para eventos masivos.

Requisitos

Se requiere el inicio del trámite de Solicitud de Permiso para Eventos Masivos, vía Plataforma de Tramitación a Distancia (TAD).

En caso de corresponder se requerirá la siguiente documentación:

  • Permiso para Eventos Masivos.
  • Constancia de CUIT.
  • Constancia de Ingresos Brutos.
  • Constancia del pago de arancel (sin firma digital).
  • Plano de implantación del Evento en la Trama Urbana (DWF).
  • Planos de arquitectura (detallado) en formato DWF.
  • Memoria descriptiva del evento.
  • Línea de Base Acústica (sin firma digital).
  • Especificaciones cobertor (sin firma digital).
  • Sistemas de sonido (sin firma digital).

Pasos para realizar el trámite

  1. Iniciar el trámite, de forma Online.
    Ingresar al Sistema de Tramitación a Distancia (TAD) y elegir la opción "Solicitud Permiso de Eventos Masivos".

  2. Verificación por parte de la Agencia Gubernamental de Control (AGC).
    La Agencia Gubernamental de Control (AGC) notificará por esta misma vía si se requiere intervención del área de Impacto Acústico. En caso de ser necesario, se deberá presentar la información requerida al área de Impacto Acústico a la Dirección General de Evaluación Ambiental de la Agencia de Protección Ambiental (APRA).

  3. Intervención de las áreas.
    A continuación, deberá elegir la opción “Solicitar intervención de las áreas” y luego seleccionar “Informe de Impacto Acústico (APrA)” para finalmente iniciar el trámite de “Informe Impacto Acústico para Eventos Masivos”.

  4. Adjuntá la información.
    Una vez cargados los datos del solicitante, se deberá adjuntar la información requerida.

  5. Revisión de la información, por parte de la Agencia de Protección Ambiental (APRA).

* El área de Impacto Acústico de la Agencia de Protección Ambiental (APRA) realizará la revisión de la información presentada por el solicitante.
* En caso de haber alguna observación o documentación incorrecta, se le solicitará subsanar dicha información mediante la plataforma de Trámites a Distancia (TAD).
* Si la información está completa, se elaborará un Informe de Condiciones de Impacto Acústico (ICIA) para el evento en cuestión. En el informe se establecen requerimientos a cumplir en cuanto a las emisiones sonoras y vibraciones.

6. Fiscalización del trámite.
El trámite finaliza con la presentación de un Informe Acústico Final del Evento, en el cual el realizador del evento demuestra los niveles sonoros relevados durante el evento.

Costos del trámite: sin costo.

a) Por informe correspondiente a superficies menor a 10.000 m2: sin costo.
b) Por informe correspondiente a superficie entre 10.000m2 y 20.000 m2: sin costo.
c) Por el informe correspondiente a superficie mayor a 20.000m2: sin costo.

 

Más información

Ley N° 1540/04, Control de la Contaminación Acústica.
Decreto Nº 740/GCABA/07.
Mapa de Áreas de Sensibilidad Acústica en el Ambiente Exterior (ASAE).
Trámites a Distancia (TAD).
Manual de TAD.
Resolución N°41-APRA/2015.
Resolución N°2-AGC/2017.
Resolución N°2-AGC/2017 (Anexos).