Inscripción en el Padrón Provisorio

Registro de la Economía del Conocimiento (REC).

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Con la presentación de la Declaración Jurada, la Dirección General Estrategia Productiva y Regímenes de Promoción (DGEPRP) emitirá una Comunicación Oficial dirigida a AGIP, a fin de informarle que el solicitante integra el padrón provisorio de inscriptos al REC en el período fiscal en curso. 

La incorporación al padrón provisorio permitirá al solicitante continuar percibiendo los beneficios hasta la emisión del acto administrativo que resuelva de manera definitiva la solicitud de Renovación de la Inscripción. 

 

Control Documental

Tras la recepción de la solicitud de renovación, la DGEPRP iniciará el período de control documental, en el cual verificará la documentación presentada por el solicitante, pudiendo disponer de las medidas que considere pertinentes tendientes a verificar su veracidad y el efectivo cumplimiento de los compromisos asumidos.

 

Control de Deuda Líquida y Exigible

La DGEPRP consultará el estado de deuda de cada solicitante mediante comunicación de estilo a la AGIP, o la que en el futuro la reemplace.

En caso de que se informe deuda exigible, la persona solicitante deberá regularizar su situación fiscal de manera previa a la renovación de su inscripción en el REC.