Marco normativo
El Programa de Pesquisa Neonatal depende del Ministerio de Salud del GCBA y funciona en el marco de la Ley N° 1808 para la detección de enfermedades y posterior tratamiento en recién nacidos.
El Programa de Pesquisa Neonatal es un programa central que depende del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Fue aprobado por la Resolución N° 1006/03 y publicado en el Boletín Oficial del 27 de Junio del 2003. El PPN funciona en la actualidad bajo el marco de la Ley N° 1808 del GCBA (modificación de la Ley N° 534).
Marco Regulatorio Nacional
- Ley N° 23413, sancionada el 10 de octubre de 1986, establece la obligatoriedad de realizar la pesquisa neonatal de fenilcetonuria.
- Ley N° 23874, sancionada el 28 de septiembre de 1990, agrega la detección precoz de hipotiroidismo congénito.
- Decreto reglamentario N° 1316/94, sancionado el 4 de agosto de 1994. Reglamenta las leyes a N° 23413 y N° 23874.
- Ley N° 24438, sancionada el 21 de diciembre de 1994, agrega la detección de fibrosis quística.
- Resolución N° 508/96, establece normas de procedimiento para la toma de muestras y análisis de las mismas.
Marco regulatorio Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires
La Ley N° 534, sancionada el 30 de noviembre de 2000, establece la obligación de realizar la pesquisa neonatal de hipotiroidismo congénito y fenilcetonuria en todos los establecimientos públicos de la seguridad social y privados en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires. Por otro lado se prevé el compromiso de adoptar las previsiones presupuestarias para garantizar la realización de esta pesquisa y el desarrollo de un estudio de evaluación para implementar la detección de fibrosis quística y otras anomalías congénitas.
La Ley N° 1808 (Ley del Talón), sancionada en el 2005, promulga: “las determinaciones para la detección y tratamiento en recién nacidos de fenilcetonuria, hipotiroidismo neonatal, fibrosis-quística, galactosemia, hiperplasia suprarrenal congénita, deficiencia de biotinidasa, retinopatía del recién nacido, hipoacusia del recién nacido, chagas, sífilis y otras anomalías metabólicas genéticas y/o congénitas."