AFIP

Las Asociaciones Cooperadoras deberán presentar documentación pertinente ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) para su normal funcionamiento.

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Vinculación de CUIT existente y nueva

Para realizar la vinculación del CUIL/CUIT del presidente con el CUIT de la Cooperadora debe solicitarse de manera virtual mediante el servicio “Presentaciones Digitales” en caso de una cooperadora existente o “Inscripción y Modificación de Personas Jurídicas” en el caso de que la cooperadora no tenga CUIT,  ambos servicios se encuentran dentro de la página de AFIP.

Como respuesta se puede obtener su aprobación o la solicitud de que el presidente se acerque a la agencia AFIP correspondiente al domicilio de la escuela con la siguiente documentación:

  • Copia del Estatuto de la Asociación Cooperadora.
  • Copia del Reconocimiento de la Asociación Cooperadora.
  • Copia del acta de Asamblea de designación de cargos.
  • Copia de la Planilla de Información Anual.
  • Copia de la Aprobación de Planilla de Información Anual.
  • Copia del DNI del presidente, frente y dorso.
  • Formulario 460J completo y firmado por el presidente de la Asociación Cooperadora.

Todo debe estar certificado por el Generador Electrónico de Documentos Oficiales (GEDO). Solicitarlo por mail a su asesor o a consultas.afip.goaeyc@bue.edu.ar

ACLARACIÓN: Una vez hecha la vinculación comunicarse por correo electrónico a consultas.afip.goaeyc@bue.edu.ar para comunicar la situación ante AFIP en el caso de que hubiera que hacer trámites que no se hayan realizado aún.

Generación de Recibos C

Respecto a los recibos las Asociaciones Cooperadoras deben emitir al momento de recibir dinero o contribuciones Recibos C, ya que se trata de comprobantes de un ingreso.

Debe tratarse de recibos electrónicos. Los mismos se generan mediante el servicio de AFIP “Comprobantes en línea”; y no es necesario imprimirlos en papel, ya que es posible enviarlos de manera electrónica únicamente.

Presentaciones anuales

Cada año AFIP requiere a las Asociaciones Cooperadoras presentar el Cuadro Demostrativo de Recursos y Gastos (CDRyG) y la Nota de Cumplimiento del año anterior al que está en curso. Es indispensable realizarlo anualmente inmediatamente después de que sea aprobado en la asamblea anual ordinaria.

Exenciones

Ante AFIP las Asociaciones Cooperadoras tienen el beneficio de la exención en algunos impuestos. En el caso de IVA están exentas de pleno derecho por lo cual solo con adherir el impuesto IVA EXENTO es suficiente. En cambio para otros es necesario presentar la solicitud como la exención de ganancias y exención sobre débitos y créditos.