Receso de verano 2021 - Información importante

Información para las familias sobre servicios alimentarios.

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Se hace saber a las familias que de requerir soporte alimentario durante el receso de verano podrán solicitar los programas dependientes del Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat: “Ciudadanía Porteña''. Con Todo Derecho”, Ley N° 1878; "Ticket Social", Decreto N° 800/2008; y los espacios comunitarios dependientes del “Programa de Apoyo, Consolidación y Fortalecimiento a Grupos Comunitarios”, Ley N° 2.956, conforme las condiciones vigentes de dichos programas.

A continuación se detalla, conforme lo informado por el Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat, los modos de peticionarlos y cuáles son lugares o medios de contacto por donde pueden tramitarse:

“Ciudadanía Porteña. Con Todo Derecho”, Ley Nº 1878 reglamentada por Decreto Nº 249/2014:

El Programa depende de la Dirección General de Ciudadanía Porteña del Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat y consiste en una prestación monetaria mensual por hogar beneficiario, destinada a la adquisición exclusiva de productos alimentarios, elementos indispensables para la higiene, limpieza del hogar y combustión necesaria para la cocción y útiles escolares.

La prestación es mensual, no retributiva, intransferible e inembargable, dirigida a reforzar el acceso a la alimentación de los beneficiarios así como a promover el acceso a la educación y protección de la salud de los niños, niñas, adolescentes y su grupo familiar. El mecanismo de inscripción al Programa “Ciudadanía Porteña. Con Todo Derecho”, se realiza en forma personal.

Podrán acceder al Programa todos aquellos hogares que se encuentren comprendidos en la población beneficiaria, en los términos del artículo 4° de la Ley N° 1878 y cumplan con las condiciones establecidas en el artículo 7° de dicha norma y su reglamentación. Teniendo en consideración la situación de emergencia sanitaria actual, se ha habilitado de forma excepcional la gestión personal de trámites de manera digital. A fin de evaluar la situación particular de cada hogar, resulta necesario que cada uno de ellos envíe personalmente su solicitud de inscripción vía correo electrónico a inscripcionescp@buenosaires.gob.ar. En el `Asunto´ deberán indicar: “ Inscripción Ciudadanía Porteña/Ticket Social – Amparo Colectivo”. En el cuerpo del correo electrónico deberá detallar necesariamente: Número de DNI o Residencia Precaria vigente, de la titular e integrantes del hogar. Número de CUIL, de la titular e integrantes del hogar. Nombre y Apellido de la titular e integrantes del hogar. Fecha de nacimiento de la titular e integrantes del hogar. Domicilio del hogar. Teléfono de contacto. En caso de poseer integrantes del hogar mayores de 18 años, deberán especificar si poseen empleo o no. En caso positivo, deberán detallar el monto del ingreso mensual. En caso de poseer integrantes inscriptos el régimen de monotributo, deberán especificar la categoría. En caso de poseer integrantes, cualquiera sea su edad, que perciban Pensión o Jubilación, deberán detallarlo y especificar monto.

Deberán adjuntar necesariamente la siguiente documentación: Foto de ambas caras de DNI o Residencia Precaria vigente de la titular e integrantes del hogar. Certificado de Domicilio actualizado expedido por la Policía de la Ciudad a nombre de la titular, u otro documento que acredite el domicilio a nombre de la titular (Servicio; Recibo de pago alquiler o de Hotel; Contrato de Alquiler; Título de propiedad; Certificado de Parroquia en caso de domicilio en Barrio). Credencial de CUIL de la titular e integrantes del hogar. Certificado de Discapacidad, en caso de corresponder. Partida de nacimiento de todos los menores de 0 a 18 años de edad. Certificación Negativa o Recibo de sueldo o Comprobante de Monotributo o Recibo de Jubilación o Recibo de Pensión, de la titular e integrantes del hogar, según corresponda.

Cumplida dicha instancia, el Programa se encontrará en condiciones de determinar si corresponde el otorgamiento del beneficio reclamado en función del cumplimiento de los requisitos establecidos en la normativa vigente.- En caso de no poseer los medios necesarios para proceder a la inscripción personal de forma digital, se encuentran habilitados los siguientes Servicios Sociales Zonales para la inscripción de forma presencial con la documentación detallada precedentemente, previa asignación de turno. SSZ 1: Piedras 1277, San Nicolás. 4361-3590; SSZ 3: Av. San Juan 2353, San Cristóbal. 4308- 0289; SSZ 4E: Cnel. Salvadores 799, La Boca. 4303-1393; SSZ 5: Cochabamba 4048, Boedo; SSZ 7: Yerbal 2457, Flores. 4613-5513; SSZ 12: Charlone 1563, Villa Ortúzar. 4553-5685; y SSZ 15: Almirante F.J. Seguí 2125 PB, La Paternal. 4581-1373.-

De acuerdo a lo establecido en el Art. 3 de la Ley 1878, se entiende por “hogar” al grupo de personas, parientes o no, que viven bajo un mismo techo de acuerdo con un régimen familiar, compartiendo sus gastos de alimentación, y sostenimiento del hogar. Aquellas personas que viven solas constituyen cada una un hogar. Por otro lado, se hace saber que se prioriza la titularidad femenina.

En caso de poseer consultas respecto de la tramitación de su inclusión o su situación particular en el Programa “Ciudadanía Porteña. Con Todo Derecho”, podrán comunicarse telefónicamente a los números 4867-6997 / 6902 / 6941 habilitados a tal fin. Por último, se hace saber que el programa deviene incompatible con la percepción de la Asignación Universal por Hijo y la Asignación Universal por Embarazo, no teniendo competencia ni injerencia en relación a la gestión de los programas nacionales mencionados. "Ticket Social", Decreto N° 800/2008 y su modificatorio Decreto Nº 154/2013 y reglamentado por Resolución N° 889/MDSGC/2013:

El Programa Ticket Social está destinado a la población de la Ciudad con el objetivo de fortalecer el consumo de alimentos de las familias que se encuentren en situación de inseguridad alimentaria, facilitando el acceso a las familias a alimentos, productos de limpieza y aseo personal.

Podrán acceder al Programa todos aquellos hogares que se encuentren comprendidos en la población beneficiaria, en los términos de la normativa vigente.

El mecanismo de inscripción al Programa “Ticket Social”, se realiza en forma personal, y actualmente se encuentran habilitadas la vía digital y presencial de acuerdo a lo detallado para el “Programa Ciudadanía Porteña. Con todo derecho”.

También se podrá realizar la inscripción personal de forma presencial con la documentación detallada, en la sede del Programa “Ticket Social” sita en la Av. Entre Ríos 1492, Boxes D, de lunes a viernes de 9:00 a 15:00hrs.

En caso de poseer consultas respecto de la tramitación de su inclusión o su situación particular en el Programa “Ticket Social”, podrán comunicarse telefónicamente a los números 4300-5217 / 4304-9606 habilitados a tal fin.

Por último, se hace saber que el programa deviene incompatible con la percepción de la Asignación Universal por Hijo y la Asignación Universal por Embarazo, no teniendo competencia ni injerencia en relación a la gestión de los programas nacionales mencionados. Espacios comunitarios dependientes del “Programa de Apoyo, Consolidación y Fortalecimiento a Grupos Comunitarios”, Ley N° 2.956

La Gerencia Operativa Apoyo a Grupos Comunitarios, dependiente de la Dirección General de Fortalecimiento de la Sociedad Civil, tiene a su cargo la ejecución y seguimiento del Programa de Apoyo, Consolidación y Fortalecimiento a Grupos Comunitarios, creado por la ley N° 2.956, que promueve la formación y actuación de los grupos comunitarios sin fines de lucro, los cuales orientan sus acciones hacia los sectores más vulnerables de la población de la CABA.

A los fines de acceder a los cupos existentes en los espacios comunitarios bajo el Programa se debe concurrir a las oficinas de la Gerencia Operativa antes mencionada, que se encuentran en el Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat, sito en Av. Piedra Buena 3280, 1º piso de esta CABA, en el horario de atención de 8 hs a 14 hs. o bien, mediante comunicación telefónica a los teléfonos 4307-6744; 4307-2108; 4300-9926 en el horario de atención de 8 hs a 15 hs.

En dicha visita, el equipo técnico de la Gerencia Operativa realizará una evaluación a los fines de, en el caso de cumplirse los presupuesto necesarios, derivar al solicitante y/o su grupo familiar a un espacio comunitario cerca de su domicilio.